Intervención de la Plataforma de Vecinos de Alcúdia Afectados por el Cable en un pleno municipal. | Lola Olmo

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El Tribunal Supremo ha archivado el recurso contencioso administrativo que interpuso el Ajuntament d’Alcúdia contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 que aprobó la Planificación de la red de transporte de energía eléctrica Horizonte 2026 que incluye el proyecto de construcción de un segundo cable eléctrico submarino entre la Península y Baleares. Alcúdia se opone a que el cable entre en Mallorca por la bahía de Pollença para continuar su trazado por vía terrestre hasta llegar a la subestación de Sant Martí, en el Polígono de Ca na Lloreta de Alcúdia.

El Ajuntament llevó al Gobierno central a los tribunales al entender que el acuerdo de Consejo de Ministros era nulo de pleno derecho, entre otras cuestiones por la falta de audiencia previa al Ajuntament d’Alcúdia, a pesar de que es el municipio de Baleares más afectado por la futura infraestructura. El Ajuntament quiere alejarlo en la medida de lo posible de zonas pobladas y propone que llegue hasta el municipio por la bahía de Alcúdia y no la de Pollença».

«No nos oponemos a su realización porque entendemos la necesidad de energía eléctrica y que su destino tenga que estar en este término de Alcúdia por el motivo de que la subestación donde debe llegar el enlace se encuentra en nuestro término municipal», dice el Consistorio en su recurso. No obstante califica de «inaceptable» el trazado propuesto porque la zona de entrada por la bahía de Pollença «es una de las zonas más emblemáticas para la población de Alcúdia y porque «el trazado terrestre para llegar a la subestación de Es Murterar discurre por zonas de valores patrimoniales y ambientales, además de zonas pobladas con la consiguiente preocupación de la población por los efectos adversos que puedan generar los cambios magnéticos».

El Supremo rechaza las pretensiones de Alcúdia al entender que los mapas de trazado que figuran en el anexo del acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros tienen un «carácter meramente indicativo». «Los propios planos no efectúan ninguna precisión del punto geográfico exacto del aterraje en la bahía y menos del trazado que conduzca el nuevo enlace hasta su destino final en Sant Martí», dice el alto tribunal.

Respecto a la falta de consulta previa al Ajuntament d’Alcúdia el Supremo recuerda que «la evaluación ambiental estratégica fue sometida a la consideración de la Federación Española de Municipios y Provincias, representante institucional de las Administraciones Locales en sus relaciones con el Estado» y avisa de que el Ajuntament d’Alcúdia «pudo presentar alegaciones en la fase de información pública».

El Tribunal Supremo, en un auto firmado el 25 de octubre, no solo rechaza las pretensiones del Consistorio sino que le condena a abonar las costas judiciales. Concluye que «si es cierto que en algunos mapas que obran en el anexo del acuerdo impugnado aparece la bahía de Pollença como lugar de entrada en la isla del nuevo enlace eléctrico, lo hace de forma genérica y sin mayor precisión de un punto exacto, en vez de la alternativa de la bahía de Alcúdia que defiende el Ajuntament d’Alcúdia, sin que exista mayor detalle del recorrido posterior del enlace desde el citado lugar hasta la subestación».

La alcaldesa de Alcúdia, Fina Linares (PP) ha mostrado este lunes su satisfacción por el hecho de que «aunque el tribunal desestima nuestro recurso deja abierta una vía para encontrar una solución al dejar constancia de que el trazado que está cartografiado ahora no es el definitivo». «Nos da esperanza para poder encontrar una solución que nos satisfaga a todos», sentencia.