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A.G.
Después de 19 años de trabajo en la finca Ses Cases de Santa Ponça, Vicente Reinoso, que hiciera las funciones de mayordomo en el domicilio del presidente del Banco de Crédito Balear, Miguel Nigorra, ha decidido demandarle a él y a su esposa, Corona Cobián. La causa es la supuesta vulneración de derechos fundamentales con la consecuencia de daños morales y perjuicios psíquicos y patrimoniales.

La denuncia que se tramita en el Juzgado de lo Social número 4 de Palma asegura que Vicente Reinoso estaba obligado a trabajar todos los días del año y a estar a disposición de sus «señores» las 24 horas del día sin que se respetaran los descansos señalados por ley.

Según el denunciante, esta situación llegó al extremo de que «tenía prohibido abandonar la finca a cualquier hora». Reinoso argumenta que «esta situación de aislamiento y abusiva dedicación provocó que desde el 8 de octubre de 2005 sufriera trastorno adaptativo ansionso-depresivo por estrés laboral». Su enfermedad provocó «el descontento de la familia Nigorra». El mayordomo asegura que «en vista de que mi baja era larga, me hicieron creer que no estaba en condiciones de volver a trabajar», así como confiar en que «me concederían la incapacidad permanente absoluta». La denuncia adjunta numerosa documentación médica y socio-laboral.

Pero la realidad fue diferente. Reinoso se alojaba -y piensa seguir haciéndolo hasta que los tribunales ventilen esta causa- con su mujer y sus dos hijos en un pequeño edificio acondicionado como vivienda en el recinto de la posesión. El 9 de octubre de este año recibió una carta de despido acompañada de una orden de desahucio que pretendía hacerse efectiva en 30 días. Su sorpresa fue total, porque «me imputaban la renuncia voluntaria a mi puesto de trabajo». Vicente Reinoso decidió asesorarse jurídicamente. Junto al letrado Pablo Alonso de Caso, del bufete adc-abogados, presentó la pertinente denuncia que, de momento, ha tenido un primer acto: la intervención del Tribunal de Arbitraje. El pasado 23 de octubre se cerró sin acuerdo entre las partes un acto de conciliación.