Imagen del TSJIB. | Jaume Morey

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El Tribunal Superior de Justicia de Balears ha estimado el recurso interpuesto por una mujer contra la Comunidad Autónoma, anulando así la multa de 60.001 euros que el anterior Govern le impuso por tener un prostíbulo abierto durante la pandemia.

El fallo recuerda que la sanción se le impuso a la recurrente por tener abierto un establecimiento de prostitución cuando dicha actividad debía permanecer cerrada por las medidas sanitarias decretadas en pandemia.

El Tribunal ha estimado la demanda impuesta a la CAIB al entender que el acta de inspección solo constata que la vivienda dispone de configuración habilitada para ejercer la prostitución y que es usada por la recurrente para dicho ejercicio, además de para su residencia habitual. Pero lo que no constata es que en el momento de la inspección se ejerciera la prostitución.