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El Tribunal de Defensa de la Competencia considera «abusivas» las tarifas reclamadas por EGEDA, AISGE y AIE a los hoteleros, por la difusión de obras y grabaciones audiovisuales a través de los televisores instalados en sus habitaciones y sus zonas comunes, según informó ayer la Federación Española de Hoteles (FEH).

Según la sentencia dictada ayer por el Tribunal de Defensa de la Competencia sobre el pleito entre los hoteleros y las entidades de gestión de derechos de productores audiovisuales (EGEDA), de actores intérpretes (AISGE),y de artistas intérpretes o ejecutantes (AIE), éstas deberán pagar una multa de 60 millones de pesetas por su «posición de dominio».

Así, el Tribunal estima que EGEDA, AISGE y AIE «han explotado abusivamente su posición de dominio en la gestión de los derechos de propiedad intelectual cuya gestión tienen encomendada, con vulneración del art. 6 de la Ley de Defensa de la Competencia y del art. 86 del Tratado de la Comunidad Europea».

A juicio del Tribunal de la Competencia, EGEDA ha abusado de su posición dominante al tratar de imponer sin negociación sus tarifas a los hoteles en 1994; EGEDA y AISGE, conjuntamente, al pretender imponer a los establecimientos hoteleros unas inequitativas tarifas en 1995, unilateralmente establecidas; y EGEDA, AISGE y AIE, colectivamente, al pretender en 1997 aplicar unas tarifas no equitativas sin negociación.