Imagen de unas muestras analizadas en un laboratorio antidopaje. | CELAD

TW
0

Antecedentes como los de la 'Operación Puerto' o 'Grial', y más recientemente la gestión del pasaporte biológico o la destitución de José Luis Terreros al frente de la Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte (CELAD), tras las acusaciones de mala praxis, presuntas irregularidades en el uso de fondos públicos y en el control y sanción del dopaje, han dejado muy tocado al deporte español ante las grandes esferas internacionales, principalmente ante la Agencia Mundial Antidopaje.

Por ello, la normativa ha tenido que evolucionar y adaptarse a las circunstancias, elevando el listón y con ello las penas y el régimen sancionador derivado del tráfico, posesión, venta, administración o consumo o incitación al mismo de sustancias dopantes o prohibidas, tanto dentro del ámbito competitivo como aficionado. El Código Penal y la todavía caliente Ley Orgánica de Lucha contra el Dopaje en el Deporte contemplan una serie de castigos que abarcan al deporte federado como el aficionado, en el punto de mira.

La normativa contempla el aumento del número de controles, además de un capítulo sancionador que, en el caso del Código Penal, contempla penas de entre seis meses y tres años de cárcel, además de multas económicas que pueden ir de los 3.000 a los 300.000 euros. A ello, se suman sanciones en cuanto a inhabilitaciones que pueden llegar a ser a perpetuidad y suspensiones de licencia federativa que llegan a los cuatro años, con opción de reducirse en caso de probarse ausencia de culpa o negligencia grave y en algún supuesto de colaboración.

Las sanciones pueden extenderse, más allá del deportista en cuestión, a los clubes, federaciones competiciones o ligas y personal de apoyo (médicos, entrenadores...), y más allá del consumo probado, pueden llegar esas sanciones en caso de negarse a realizar un control antidopaje o no estar localizable para el mismo en caso de ser requeridos.

Las principales sustancias prohibidas dentro y fuera de la competición son los agentes anabolizantes, las hormonas peptídicas, los factores de crecimiento o los diuréticos o enmascadores, estando en un escalafón próximo -y más focalizadas en el marco competitivo- los estimulantes, los narcóticos o los glucocorticoides.

Pese a los avances, España sigue estando por detrás de otros países en la lucha contra el consumo de sustancias dopantes, cuya lista de actualiza anualmente, incluyendo desde este 2024 algunas como el Tramadol, un analgésico opioide usado para aliviar el dolor de moderado o intenso en adultos y niños mayores de doce años.

Pese a ello, la lucha contra la venta, fabricación y consumo de anabolizantes y demás productos de este tipo sigue siendo una prioridad para las fuerzas de seguridad, que vuelcan sus esfuerzos en un mercado emergente y con aceptación, apoyado en el anonimato de Internet y en una red perfectamente tejida que capta a clientes incluso menores de edad.