El acusado ha pagado 50.000 euros antes del juicio y se compromete a abonar el resto dentro de un calendario. | R.L.

TW
5

El administrador de una empresa aceptó este lunes una condena de un año y cuatro meses de cárcel por descapitalizar la sociedad durante años para evitar pagar una deuda contraída en el año 2005 y que estaba reconocida por una sentencia, firme desde el año 2009. El acusado admitió que llegó a retirar más de un millón de euros de la sociedad para dejarla a cero e impedir que su acreedor pudiera ejecutar la deuda, que ascendía a 131.208 euros.

Las dos empresas inmersas en este largo proceso judicial se dedicaban a la promoción y construcción de viviendas en el norte de Mallorca. Una constructora reclamaba a una promotora parte del precio de una de las obras, edificada a principios de siglo, en pleno boom del ladrillo. En 2005 un juzgado de Primera Instancia de Palma reconoció la demanda por la que se reclamaban esos fondos. El procedimiento tuvo ahí su primer traspiés. Aquel juicio no se grabó correctamente y la Audiencia Provincial tuvo que ordenar que se repitiera. El resultado fue el mismo y la vía civil acabó en una condena en el año 2009. Ya con esa resolución firme, el juzgado inició los trámites para ejecutar esa cantidad a instancia del acreedor. El resultado fue negativo.

Según reconoció ayer el empresario acusado, en el año 2011 su sociedad tenía un millón de euros en activos diferentes. A través de una serie de operaciones que terminaron en el bolsillo del acusado, los fondos volaron sin que se destinara nada a la ejecución judicial. En apenas dos años la dejó a cero, a pesar de que en ese momento ya había sido condenado al pago de esa deuda. En febrero de 2014, cuando se intentó ejecutar el pago desde el juzgado a partir del punto neutro judicial, no había de donde conseguir fondos.

La defensa del acusado, la Fiscalía y la acusación particular alcanzaron un acuerdo ayer por el que asumía esa condena de cárcel, que será suspendida, y el pago de una multa. Se le reconoce un atenuante por haber consignado 50.000 euros para el pago de la deuda antes del juicio y asume un calendario para abonar el resto de las cantidades que adeuda. Además, la acusación particular retiró una segunda acusación por un delito de falsedad documental. Inicialmente, el Ministerio Público reclamaba una condena de tres años y nueve meses de cárcel.

La empresa acreedora no superó la crisis del ladrillo y poco después de el primer procedimiento judicial se tuvo que declarar en concurso de acreedores, un procedimiento mercantil que terminó en la disolución de la entidad, aunque sus antiguos propietarios podrán recuperar la deuda, dos décadas después.