Alfonso XIII rehabilitó el título a principios de siglo después de que hubiera sido creado por Carlos I. | o.Ang.

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La condesa de Hoochstrate falleció en Alcúdia en febrero de 2021. Sin embargo, el Consejo de Estado resuelve la sucesión del título a un aspirante distinto a la hija de ésta tras una alambicada disputa nobiliaria entre tres aspirantes al condado. El asunto ya había provocado un complejo pleito judicial ante la Audiencia Provincial de Palma que quedó a medias. Antes de que el asunto llegara al Supremo falleció la condensa y el pleito quedó sin efecto. Un hijo natural del anterior conde le disputaba el título y los tribunales de Palma le daban la razón.

La disputa arranca con el fallecimiento del anterior conde en 2015. Juan Pérez de Guzmán y Castillejo ostentó el título casi sesenta años después de heredarlo de un hermano suyo, fallecido en 1936 que fue quien consiguió recuperar el título nobiliario, reinstaurado por Alfonso XIII. Antes de esta decisión, el título estaba en el olvido. Había sido creado por Carlos I: Hoochstrate como tal no existe y alude a la ciudad belga de Hoogstraeten.

Juan Pérez de Guzmán a su muerte tenía un hijo extramatrimonial, Andrés. En ese momento, el Consejo de Estado entendió que la concesión del título incorporaba una «cláusula de legitimidad» que dejaba fuera de la sucesión a cualquier hijo no nacido de un matrimonio legítimo. Así, el condado honorífico pasó a la hermana de Juan Pérez, María de la Concepción Vijande y Pérez de Guzmán, que tuvo el título hasta su muerte en Alcúdia.

Tras esa decisión arrancó el procedimiento judicial. El hijo natural presentó una demanda que terminó en la Audiencia Provincial de Palma. La sentencia del tribunal le daba la razón. Sin embargo fue recurrida por María de la Concepción ante el Supremo. La mujer falleció antes de que el Alto Tribunal resolviera. El deceso hizo decaer el pleito que quedó sin solución definitiva: aunque la hija de la finada quiso continuar con el recurso, el Supremo lo rechazó.

Así se volvió a abrir un procedimiento administrativo tras la muerte de que aún era la condesa. Tanto el hijo natural del anterior conde como su prima, hija de la condesa, reclamaban para sí el título. Apareció en la disputa un tercer interesado, que provenía de otra rama familiar más alejada y que, durante algunos momentos estuvo a la cabeza de la carrera. Antes de que resolviera el Consejo de Estado informaron sobre el asunto la Diputación de la Grandeza de España y la Dirección de Asuntos de Gracia. Ambos organismos criticaban la solución judicial y optaban por el tercer aspirante.

El Consejo de Estado, que es el órgano que se dedica a decidir las sucesiones nobiliarias centra el debate en una única cuestión. Si cuando Carlos I creó el título incorporó en él la cláusula de legitimidad o no. Al final admite un criterio flexible para los hijos naturales de los nobles y sus posibilidades de acceder al título. Entiende que debe prevalecer un principio de igualdad entre los hijos, sean matrimoniales o no. De esta manera, el título recae en el sobrino de la condesa, que reside en Madrid.