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El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado dirigir contra 14 entes televisivos, entre ellos IB3, el procedimiento denominado 'La Rueda', en el que se investiga el supuesto fraude por el que se obtenían ingresos millonarios por los derechos de autor de contenidos musicales emitidos en programas nocturnos.

El magistrado les atribuye un delito de corrupción en los negocios cometido por medio de organización criminal.

La trama conocida como 'la Rueda de las Televisiones' se destapó con un operativo policial en 2017 para desarticular un sistema por el que varios socios de la SGAE habrían defraudado entre 2006 y 2011 unos 100 millones de euros mediante el registro fraudulento de obras musicales.

En el caso de Baleares, aquel operativo policial incluyó la toma de declaración a dos personas investigadas vinculadas a IB3, el jefe de departamento de producción y un compositor y actor mallorquín relacionado con la cadena, que no fueron detenidos.

IB3 confirmó en un comunicado que dos agentes de la Policía se habían personado en la sede del ente autonómico para requerir documentación. Entonces, la cadena expresó su «total colaboración» con la investigación.

Tras hacerse pública la investigación, IB3 decidió dejar de emitir el programa 'Musical', una medida ordenada por la dirección general del ente por «prudencia y cautela».
El programa incluía montajes de imágenes con música. Se emitía entre las 3.00 y las 6.00 horas de la madrugada y fue sustituido por series clásicas y espacios de entretenimiento de producción propia.

14 CADENAS INVESTIGADAS

Las televisiones investigadas son: Atresmedia, Mediaset, Canal Sur, TV Extremadura, Radiotelevisión del Principado de Asturias, Televisión de Galicia, Radio Televisión de Aragón, Televisió de les Illes Balears, Radio Televisión Española, EITB, Telemadrid, Televisión Pública de Canarias, Radio Televisión de Castilla y León y la Televisión de Castilla-La Mancha.

En esta causa se investiga el registro de supuestas modificaciones de obras originales libres así de derechos de autor y obras de escasa o nula calidad puestas a nombre de terceros -en algunos casos ni siquiera eran músicos--, para emitirlas como hilo musical en programas nocturnos de televisión y facturar por ello.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional inició este procedimiento tras recibir denuncias formuladas por distintas asociaciones y socios individuales de la SGAE que ponían en conocimiento la existencia de un grupo de socios de esta sociedad que desde hacía 10 años veían realizando actuaciones irregulares respecto al registro y modificación de obras musicales.

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En el auto en el que imputa a las televisiones, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 detalla el funcionamiento de esta operativa conocida en el sector como «La Rueda» y que consiste en el registro fraudulento de supuestas modificaciones de obras originales como si se tratarse de obras nuevas, sin variación alguna de la auténtica y original, en la mayor parte de los casos; en otros casos, se realizaban ligeras modificaciones respecto a la partitura original.

Esos registros, explica Moreno, se realizaban bien a nombre de los denunciados o personas de su entorno o a nombre de sociedades creadas a tal fin como cesionarias de los derechos de autor. Esa operativa, añade el juez, la iniciaban los investigados mediante el contacto con jóvenes estudiantes de obras clásicas en conservatorios a quienes se les ofrecía aparecer en televisión interpretando alguna de esas obras.

Con posterioridad, los denunciados registraban la obra emitida en televisión como arreglo suyo «ya sea cambiando el título, ya sea realizando ligeros arreglos y cobran los derechos de autor devengados cuando en realidad la obra es la clásica original sin ningún tipo de variación». Las cantidades aproximadas que estaría ingresando el grupo de investigados rondarían los 20 millones de euros anuales.

El instructor apunta que los investigados podrían estar actuando en connivencia con trabajadores de productoras de televisión, de tal manera que «abonarían a estas comisiones para que su repertorio se difundiera en horas nocturnas, con preferencia a otras obras». Del mismo modo y para evitar ser detectados y aparecer siempre los mismos beneficiados cedían sus derechos de autor a familiares, cónyuges, hijos o creando sociedades o productoras.

POSIBLE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS TELEVISIONES

El juez se basa en el informe del fiscal en el que pide las imputaciones y explica que las actividad delictiva «no podría desarrollarse sin la actuación concertada con las diferentes cadenas televisivas en las que se emiten los repertorios musicales que generan los referidos beneficios económicos, que estarían así actuando en connivencia con los hasta ahora investigados, por cuanto su intervención estaría dirigida a recuperar parte del dinero que abonan anualmente a la SGAE por el uso del repertorio de los investigados».
El origen de la actuación denominada «retorno», continúa el magistrado, se encuentra en la creación por parte de las televisiones de editoriales musicales con las que pretendían rebajar el dinero que pagan anualmente a la SGAE.

A final de año, si las cadenas registran canciones que ellos mismos emiten deben cobrar una serie de derechos de autor que rebajan sustancialmente la cifra total que abonan a la sociedad de autores. Ellos suelen quedarse con el 50% de esos derechos. El otro 50 por ciento es el que da entrada a compositores, intérpretes, productores y empresas cesionarias que se reparten porcentajes de esa parte restante.

El auto del juez considera que la responsabilidad penal que pueda imputarse a las personas encargadas de las áreas de las televisiones que realizaron las negociaciones y a los investigados hasta el momento, también debe trascender «a los entes televisivos implicados en los que eran reproducidos los repertorios musicales en cuestión».

En este sentido argumenta «que no activaron ni aplicaron protocolo alguno dirigido a evitar la comisión de hechos delictivos, ni implementaron eficazmente mecanismos de control o reacción idóneos para detectar las actuaciones criminales cometidas en el seno de sus corporaciones, permitiéndose así la emisión de repertorios musicales no con criterios de calidad, obtención de audiencias u otros fines lícitos para tales entes televisivos, sino con un objetivo de carácter defraudador».

La resolución señala que las diligencias practicadas hasta el momento revelan la inexistencia de mecanismos de prevención «dirigidos a instaurar una cultura de respeto a la legalidad vigente. Asimismo, estos indicios evidencian una transgresión radical de la legalidad y unas conductas que atacaron gravemente a la libre y recta competencia en la contratación».

Por todo ello, Moreno concluye que existen indicios de que los entes televisivos han participado en la omisión de estos hechos, no como un mero instrumento del delito «sino auténticos sujetos de derechos y obligaciones, y por tanto deben adquirir el estatus jurídico procesal de investigado con los derechos y garantías inherentes al mismo».