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El juzgado de los contencioso administrativo número uno de Palma ha admitido a trámite el contencioso interpuesto por la Asociación de Vecinos de Las Maravillas contra la inactividad de Cort «por incumplimiento de un poder-deber surgido de la función que la normativa legal le asigna» en materia de las ilegalidades en que incurren las biergarden. Según se argumenta, desde hace años se han venido denunciando las condiciones irregulares en que desarrollan su actividad los establecimientos ubicados en la zona de las Maravillas (calle Miquel Pellisa, calle Padre Bartolomé Salvà, calle Llaut, etc), conocidos como biergarden.

Los aspectos denunciados van desde la contaminación acústica (probadas con mediciones), las condiciones de higiene o salubridad (contenedores repletos de basura y botellas en la calzada), licencias de actividad, ocupación de la vía pública, incumplimiento de horarios o delincuencia. Pues bien, pese a las denuncias, los demandantes afirman que los hechos «no han merecido nunca ninguna actuación ni preventiva ni eliminatoria (...)».

Han ido pasando los veranos «y el último ya colmó el vaso, por lo que el pasado noviembre se anunció la presentación del recurso», en el que se denuncia «el incumplimiento municipal, sistemático y pertinaz, de la reglamentación sobre Actividades Clasificadas, de la Ordenanza Municipal del Ruido y de la Ley Autonómica 8/1995, en cuanto a las atribuciones y obligaciones legales del alcalde». Con su pasividad, se defiende que «el Ajuntament incurre en una evidente inactividad administrativa, que contradice sus obligaciones legales (...) Tal inactividad resulta absolutamente impugnable ante la jurisdicción contenciosa, pues, a fin de cuentas no es sino 'tener manga ancha'», tanto en su misión preventiva como sancionadora.