Imagen de una firma de una hipoteca. | Pixabay

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Buenas noticias para los hipotecados. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un fallo que aclarar el plazo para reclamar los gastos de las hipotecas. El Tribunal Supremo estableció que una vez transcurridos cinco años desde la firma ya no se podía reclamar y el citado organismo de la Unión Europea ha indicado que este tiempo no puede empezar a contar hasta que el afectado conozca todos sus derecho. «En la práctica, lo que hace el TJUE es anular la prescripción a los cinco años de la firma que dio el Supremo», resume Cristina Borrallo, directora de Futur Legal Abogados y Economistas.

En este sentido, añade que «para la prescripción de casos relacionados con cláusulas abusivas, el tiempo debe ser materialmente suficiente para permitir al consumidor preparar y presentar un recurso efectivo invocando los derechos conferidos por la Directiva, incluyendo pretensiones restitutorias por el carácter abusivo de una cláusula contractual». La citada abogada expone que el TJUE destaca que «las normas de prescripción deben considerar si el consumidor conoce, tanto los hechos como los derechos; y si tiene tiempo suficiente para preparar y presentar un recurso efectivo. En este sentido, concluye que un plazo de prescripción que no cumple con estos criterios no es conforme con el principio de efectividad».

En relación con el momento en que el hipotecado debe adquirir conocimiento, el TJUE sostiene que la compatibilidad con el principio de efectividad debe examinarse caso por caso. Además, resalta que «una norma nacional que posterga el inicio del plazo hasta que el consumidor conozca la cláusula abusiva y sus derechos podría vulnerar el principio si la duración del plazo no es suficiente para permitir la preparación del recurso», matiza Borrallo.

En este punto, resalta que «el TJUE también se opone a la interpretación jurisprudencial nacional que considera la existencia de una jurisprudencia consolidada como prueba del conocimiento del consumidor. Argumenta que la protección de la Directiva se basa en la desigualdad informativa entre consumidor y profesional, y que no se puede presumir que el consumidor conozca la jurisprudencia nacional, a diferencia del profesional. En resumen, el fallo destaca la importancia de un plazo de prescripción que garantice el conocimiento real de los derechos del consumidor en casos de cláusulas abusivas».

Entre 1.000 y 2.000 euros

Por ello, la citada abogada anima a los hipotecados de Baleares a reclamar las cláusulas abusivas de sus hipotecas, ya que de media puede conseguir entre 1.000 y 2.000 euros. Los interesados primero deben reclamar al banco de manera extrajudicial; si este lo deniega (Borrallo recrimina que ha sido «la actitud general durante todos estos años»), se interponer demanda en el juzgado.