Archivo - El ex presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Grinán llegando a los juzgados, a 18 de mayo de 2023 | Eduardo Briones - Europa Press - Archivo

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La Audiencia de Sevilla ha desestimado los recursos de súplica interpuestos por las defensas del expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y un día de cárcel por malversación en el «procedimiento específico» de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos financiados con fondos autonómicos, y la exconsejera Carmen Martínez Aguayo, condenada a una pena similar; contra la decisión de solicitar a la Junta que informe sobre las peticiones de indulto de los ocho condenados a cárcel por este asunto sobre las cuales debe pronunciarse esta instancia judicial ante el Ministerio de Justicia; entre ellas la de ambos recurrentes.

Así figura en sendos autos emitidos el pasado 26 de febrero por la Sección Primera de la Audiencia y difundidos por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

En concreto, los recursos de súplica se dirigían contra la providencia en la que la Sección Primera expone que «dada cuenta del informe del Ministerio Fiscal, únase a los autos de su razón y dese traslado por tres días al letrado de la Junta de Andalucía, como única parte perjudicada, para que emita su parecer sobre la petición de indulto».

Frente a ello, la defensa de Griñán, cuya pena de cárcel está actualmente suspendida merced al cáncer de próstata que padece y conforme al artículo 80.4 del Código Penal; habría alegado que ni la Junta de Andalucía es parte en estas actuaciones en cuestión ni la pena de cárcel impuesta al expresidente andaluz incluye perjuicio ni condena por responsabilidad civil, con lo que la representación del expresidente avisaba de que no pesan perjudicados en estas actuaciones concretas.

Por eso, la representación de José Antonio Griñán solicitaba en su recurso de súplica dejar sin efecto la mencionada providencia de la Audiencia.

No es necesario que la junta "sea parte en el expediente"

Pero la Sección Primera de la Audiencia ha expuesto, a la hora de responder a estos recursos de súplica, que «el artículo 24 de la Ley del Indulto no exige que la parte perjudicada, sea parte en el expediente». «Como recoge el Ministerio Fiscal en su informe y conoce la parte recurrente, en el procedimiento (judicial de la causa), la Junta de Andalucía ejerció la acusación particular solicitando el sobreseimiento de las actuaciones y posteriormente, al no ser estimada su petición, se reservó las acciones civiles, desconociéndose si ha ejercitado las acciones civiles y cuál ha sido la intervención del penado en dicha reclamación», indica el auto.

«La providencia se limita acordar el traslado a la Junta para que alegue lo que estime conveniente respecto de la petición de indulto», zanja la Audiencia, desestimando así los recursos de súplica.

Ello, recordémoslo, en un marco en el que la Sección Primera de la Audiencia debe pronunciarse ante el Ministerio de Justicia sobre las peticiones de ocho de los nueve exdirigentes socialistas de la Junta de Andalucía que han solicitado ser indultados de sus respectivas penas de cárcel por malversación en el mecanismo de financiación de los expedientes de regulación de empleo fraudulentos.

El caso de juan márquez

En el caso del exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía Juan Márquez, será el Tribunal Supremo quien se pronuncie ante el Ministerio de Justicia sobre su petición de indulto ante su pena de cárcel, pues tras la sentencia inicial de la Sección Primera de la Audiencia, saldada con condena a inhabilitación o a inhabilitación y cárcel para 19 de los 21 exaltos cargos socialistas juzgados; el Supremo casó parcialmente dicha resolución inicial rebajando la pena de cárcel de Márquez a tres años, una pena actualmente suspendida.

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, recordémoslo, ha solicitado además ya a la Fiscalía que informe de su lado sobre las peticiones de indulto de los citados ocho exdirigentes socialistas de la Junta de Andalucía condenados a sus respectivas penas de cárcel en su sentencia original de noviembre de 2019, de cara a su pronunciamiento ante el Ministerio de Justicia sobre tales peticiones.

Actualmente cumplen pena de prisión por el mecanismo específico de financiación autonómica de los expedientes de regulación de empleo fraudulentos y las ayudas arbitrarias el exconsejero socialista de Empleo Antonio Fernández, con una pena de siete años, once meses y un día de prisión; la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, condenada a seis años y dos días de prisión; el exconsejero socialista de Innovación Francisco Vallejo, condenado a siete años y un día de prisión; el exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá, condenado a siete años y un día de cárcel; el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, condenado a seis años de cárcel; y el ex director general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano, condenado a una pena de seis años, seis meses y un día de prisión.

El exdirector general de Trabajo Juan Márquez, también condenado a cárcel por malversación, tiene actualmente suspendida su pena después de que a la hora de resolver los recursos de casación, el Supremo rebajase su condena a tres años de cárcel.

La pena de cárcel de griñán está suspendida

En el caso del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y un día de cárcel, el pasado mes de junio de 2023, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla acordaba suspender durante cinco años su entrada en prisión merced al cáncer de próstata que padece y conforme al artículo 80.4 del Código Penal.

El exconsejero socialista de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, condenado a siete años y un día de prisión, goza de su lado del tercer grado penitenciario por motivos sanitarios tras haber cumplido varios meses de prisión.