Archivo - La sociedad civil se suma al apoyo de Teruel como sede de la Agencia Espacial Española. | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Gobierno de Aragón contra los acuerdos del Consejo de ministros por el que se establecieron los criterios de valoración para la determinación de la sede de la Agencia Espacial Española (AEE), por los que fue elegida Sevilla en detrimento de Teruel.

En la sentencia, del magistrado José Luis Requero, la Sala considera que los criterios de selección no infringen los principios de vertebración y equilibrio territorial, como sostenía el Ejecutivo aragonés, que en su recurso alegaba que dichos requisitos excluían la candidatura de la capital turolense, ha informado el Tribunal Supremo.

Así, indica que se trata de un sistema que se autoimpone la Administración General del Estado basado en el principio de desconcentración y que invoca como criterio inspirador del nuevo régimen de determinación de sedes la vertebración y el equilibrio territorial. Por un lado, exceptúa la regla de fijar las sedes en Madrid y, por otro, lo hace mediante un procedimiento susceptible de control jurídico.

Según la sentencia, el recurso del Gobierno de Aragón parte de «un error de base» al sostener que los criterios responden al principio de descentralización, en lugar de al principio de desconcentración.

A esto añade que el criterio «piensa en las grandes capitales» y que ello «no es censurable», pues «el principio de eficacia, añadido al de adecuación, exige unas infraestructuras que compensen la desconcentración territorial de la Administración General del Estado al fijar la sede fuera de la capital».