Archivo - Control de tráfico de la Ertzaintza. | IREKIA - Archivo

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La Ertzaintza, en colaboración con las policías locales, reforzará los controles preventivos de alcohol y drogas a las personas conductoras desde este próximo lunes, 30 de enero, hasta el domingo 5 de febrero.

Según ha recordado el Departamento vasco de Seguridad, en función de la Ley de Seguridad Vial (LSV) y el Reglamento General de Circulación (RGC), someterse a estos controles es obligatorio para todas las personas conductoras que sean requeridas por parte de la autoridad o sus agentes en un control preventivo. En caso de negarse se les podrá imputar un presunto delito contra la seguridad vial.

La directora de Tráfico del Gobierno Vasco, Sonia Díaz de Corcuera, ha advertido de que el consumo de alcohol o drogas, junto con las distracciones y la velocidad inadecuada, es «un factor concurrente en los accidentes de tráfico con personas fallecidas o heridas graves». «De ahí la importancia de estas campañas para prevenir accidentes, que pueden tener consecuencias dramáticas», ha remarcado.

El control de alcoholemia comprende dos pruebas de aire espirado entre las que median, al menos, 10 minutos. Una vez aplicados los márgenes de error, si el resultado es inferior a 0,25 miligramos de alcohol por aire espirado (0,15 para personas conductoras profesionales y aquellas con menos de 2 años de antigüedad en su licencia o permiso de conducción), la persona conductora podrá seguir su ruta.

Si el resultado es superior a 0,25 (o 0,15 para los colectivos con ese límite) e inferior a 0,60 miligramos de alcohol por aire espirado, incurrirá en una infracción administrativa. Si es superior a 0,60, se considerará un delito contra la seguridad vial.

Además, si las y los agentes observan signos evidentes de ingesta de alcohol que afecten a la conducción, procederán a la imputación de un posible delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol, ha explicado Tráfico.

Si el resultado de la prueba es positivo, a petición de la persona interesada o por orden judicial, se podrá repetir «a efectos de contraste», preferentemente mediante análisis de sangre, «salvo causas excepcionales debidamente justificadas», realizado por personal sanitario.

En caso de que el conductor se niegue a realizar la prueba o dé positivo, se inmovilizará el vehículo, a no ser que pueda llevárselo otra persona, tras realizar la prueba y dar negativo.

Seis puntos

La infracción por resultado positivo se considera infracción administrativa muy grave y se sanciona con 500 euros y la retirada de 4 puntos si el resultado es inferior o igual a 0,50 mg/l, y si es superior a 0,50 mg/l e inferior o igual a 0,60 mg/l se sanciona con 1.000 euros y la retirada de 6 puntos.

En el caso del control de drogas el procedimiento es similar. La prueba se realiza a partir de una muestra de saliva y, si da positivo, se confirma en un posterior análisis en laboratorio. En caso de confirmarse el positivo, se considera una infracción muy grave y se sanciona con 1.000 euros y la retirada de 6 puntos.