Archivo - El expresidentes de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo | Jesús Prieto - Europa Press - Archivo

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La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha dejado este lunes visto para sentencia, el juicio correspondiente a la pieza separada de las irregularidades investigadas en la empresa de capital riesgo Invercaria, perteneciente a la Junta de Andalucía, relativa a los préstamos por importe de 716.000 euros concedidos por dicha sociedad a la entidad Ferias Internacionales Virtuales de Andalucía (FIVA), destinada a funcionar como portal de ferias virtuales.

El juicio comenzó el pasado 26 de septiembre de 2002 contra los expresidentes de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo y Laura Gómiz, toda vez que Pérez-Sauquillo ha sido condenado anteriormente a tres años y medio de cárcel por el préstamo de Invercaria a la empresa Aceitunas Tatis, a dos años y tres meses de prisión por los gastos de personal de la citada entidad, a tres años de cárcel por el préstamo participativo de 300.000 euros concedido a la empresa jiennense Fumapa y a la misma pena por las ayudas por 1,5 millones de euros concedidas por Invercaria a la sociedad Cedes Electria.

También figuraban entre los acusados los que fueran consejeros de Invercaria Juan Vela Quiroga, otrora director de finanzas de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), de la que dependía Invercaria; la exsecretaria de Desarrollo Industrial y Energético de la Junta Isabel de Haro Aramberri, condenada ya por las ayudas a Cedes Electria; el exdirector de Inversiones Estratégicas de IDEA Bienvenido Martínez; el exdirector general de IDEA Jacinto Cañete; el exconsejero de Invercaria Ramón Martín López; el exdirector financiero de Invercaria Antonio Nieto Garrido y Mariano Pérez-Sauquillo, hermano del expresidente de Invercaria.

Igualmente, en el banquillo de los acusados se sentaban el representante de Novasoft Francisco José Barrionuevo y los representantes legales de Innovaes, Juan Antonio Bardón, y de Grupo Imagen, Francisco Gallardo Hill, sumando todos ellos un total de 12 inculpados.

Durante la sesión, Pérez-Sauquillo defendió que el proyecto FIVA fue «el más analizado de todos en los que ha invertido Invercaria», contando con un informe de una empresa especializada en el sector, elaborado por un experto en la materia, como documento «previo» al posterior plan de negocios aportado para la inversión en esta entonces naciente sociedad, participada por Invercaria, Novasoft, Grupo Imagen y Corporación Gráfica.

El análisis del proyecto de inversión en FIVA, según sus palabras, «no pudo ser mayor», alegando además que si bien Invercaria aprobó en efecto «una reserva» de 600.000 euros para su inversión en FIVA, entonces no fue fijada «fecha de desembolso» de dicho dinero, con lo que el «único desembolso» inicial de Invercaria para la creación de FIVA fue de 12.000 euros y no fue hasta «un año y pico después», cuando el consejo de administración de Invercaria aprobó «por unanimidad» una ampliación de capital en FIVA.

Fase de conclusiones

En la fase de conclusiones de las partes, el fiscal del caso anunciaba modificaciones sustanciales de su escrito inicial de acusación; retirando los delitos de trafico de influencia, negociaciones prohibidas a funcionarios y delito de negocio simulado y calificando los hechos enjuiciados exclusivamente como dos delitos de prevaricación y de malversación de caudales públicos.

Fruto de ello, la Fiscalía retiraba su acusación respecto a la expresidenta de Invercaria Laura Gómiz, defendida por el letrado Adolfo Cuéllar; y los exconsejeros de la entidad Ramón Martín López, defendido por el abogado Juan Carlos Alférez, de Constitución 23; y Juan Vela, defendido por Antonio Uceda, quienes quedaron exonerados de cargos y excluidos del procedimiento, al retirar posteriormente los cargos en su contra la agencia IDEA como acusación particular y después el PP PP andaluz, como acusación popular, extremo este último fruto de la doctrina Botín invocada por la defensa de Ramón Martín.

En el caso del expresidente Tomás Pérez-Sauquillo, recordemos que en principio, el Ministerio Público reclamaba para él 19 años de cárcel y 47 años de inhabilitación por presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, negociación prohibida a funcionarios, falsedad en documento mercantil y delito de contrato simulado.

Reducción de la pena de cárcel solicitada

No obstante, en sus conclusiones, una vez modificadas las mismas, la Fiscalía ha solicitado para él, finalmente, seis años y tres días de cárcel y 15 años y tres días de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado y agravado de malversación; más otros cuatro años y tres días de prisión y diez años y tres días adicionales de inhabilitación absoluta, por otro delito de prevaricación en concurso con un delito agravado de malversación.

Para la Fiscalía, el expresidente de Invercaria, Antonio Nieto, Isabel de Haro, Bienvenido Martínez y Jacinto Cañete, «intervinieron incumpliendo el marco procedimental establecido por Invercaria, quebrantando las más elementales pautas de conducta en la administración de los fondos públicos», dada la «falta de estudios» sobre la viabilidad técnica y económico-financiera del proyecto FIVA, "conociendo los incumplimientos de los hitos previstos en los planes de negocio.

"perjuicio económico" a invercaria

Ello, generando un «perjuicio económico» para Invercaria de 284.000 euros por la aportación dineraria inicial, de 716.000 euros por los «préstamos impagados» y de 359.171 euros por los prestamos concedidos a Grupo Imagen y Barainsa, según el fiscal Manuel Guerra.

La Fiscalía, en cualquier caso, ha retirado parcialmente su acusación contra Jacinto Cañete y Bienvenido Martínez, defendidos también por Juan Carlos Alférez de Constitución 23; e Isabel de Haro, cuyo abogado es abogado Manuel Garrido; reclamando para cada uno de ellos cuatro años y tres días de prisión y diez años y tres días de inhabilitación, por un delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación agravada, pesando en todos los casos la atenuante de dilaciones indebidas.