Durante el juicio, la Fiscalía reconoció al procesado el beneficio de una atenuante muy cualificada de reparación de daño, porque había depositado ya la cantidad pactada como indemnización para la víctima. La sentencia prohíbe al acusado acercarse a la denunciante y a su domicilio, lugar de estudio, trabajo o cualquier otro que sea frecuentado por ella, a menos de 500 metros. Tampoco podrá comunicarse con la mujer, tendrá que participar en programas formativos de educación sexual y se accede a que no entre en prisión siempre que no cometa delito alguno durante tres años.
De acuerdo con los hechos reconocidos por el propio procesado, la denunciante y él se conocieron en septiembre de 2022 por medio de una aplicación de citas y, tras hablar durante un tiempo y tomar varias copas, acudieron al domicilio del hombre en el norte de Tenerife.
Los dos estuvieron de acuerdo en practicar relaciones sexuales, con la condición «ineludible», reiterada en varias ocasiones por ella y aceptada por él de utilizar preservativo, precisa la sentencia. Sin embargo, en un momento dado y sin que la mujer lo supiera ni pudiera verlo, se retiró el condón y siguió con la penetración. Inicialmente, la Fiscalía pedía para el acusado cuatro años de cárcel, el pago de 3.000 euros a la denunciante y que permaneciera cinco años de libertad vigilada tras salir de prisión.
2 comentarios
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Poco me creo d esta historia!
Recordad lo que dijo Duterte: practicar sexo con un condón es como comerse un caramelo sin quitarle el envoltorio.