El ex fiscal Miguel Ángel Subirán, habla con el ex juez Penalva en la primera sesión del juicio en la que tendrán que declarar el próximo jueves como acusados. | Alejandro Sepúlveda

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El juicio contra el exjuez Manuel Penalva y el exfiscal Miguel Ángel Subirán seguirá hasta el final. El tribunal ha decidido resolver en la sentencia la principal de las cuestiones previas planteadas que pusieron encima de la mesa las defensas: el chat de wasap entre juez, fiscal y policías. La vista se retomará con normalidad este jueves cuando arrancarán las declaraciones de los principales acusados, que afrontan peticiones de más de cien años de cárcel por quince detenciones ilegales en el 'caso ORA' y otras irregularidades en la instrucción del 'caso Cursach'.

El tribunal sí deja fuera parte de la prueba desde ya. Considera nula toda la información que deriva de los teléfonos de los policías nacional y de los listados de llamadas de dos policías pero solo en lo que tiene que ver con las acusaciones por revelación de secretos y filtraciones a medios de comunicación. Tendrán que ser probadas por otras vías, plantea el TSJIB. Así, los mensajes de wasap que tengan que ver con filtraciones quedan fuera y se excluyen de los escritos de acusación. Sobre el resto, el tribunal tendrán que decidir si existió un hallazgo casual que abrió la puerta a los delitos más graves: detenciones ilegales y coacciones a testigos.

Desestima las que tienen que ver con el uso de prueba ilícita y la inhabilidad del fiscal Tomás Herranz y también con otra planteada en torno a la competencia de los inspectores de la Policía Nacional actuaron en torno a Penalva y Subirán. También limita mucho el papel de las acusaciones particulares, que solo podrán formular cargos por asuntos que tengan que ver con ellos. Así, en el caso de Cursach, solo con filtraciones y con supuestas presiones a Bartolomé Sbert.

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El tribunal considera que necesita escuchar a varios testigos, en especial a los dos mandos policiales encargados de la instrucción, antes de decidir si la principal prueba del juicio, los wasap que intercambiaban juez, fiscal y policías nacionales, son válidos y se pueden valorar o no. En concreto, pretende aclarar si los dos móviles en los que se encontró el grupo 'operación Sancus', más tarde bautizado como 'pepero puteros', fueron entregados de forma voluntaria por sus propietarios y que de ahí deriva un hallazgo casual de otros delitos, el agente Iván Bandera y la subinspectora Blanca Ruiz Alfaro. Era la tesis principal que sostenía la Fiscalía Anticorrupción. De esta manera, el juicio se desarrollará de manera íntegra.

La Fiscalía y la decena de acusaciones particulares personadas en el juicio sostienen que Penalva, Subirán y los agentes de policía actuaron de forma coordinada y que, sin ningún tipo de indicio válido, desataron una operación policial con trece detenidos en el 'caso ORA', que investigaba una supuesta adjudicación irregular de este contrato en Palma. A esa primera operación, en la que se detuvo a todos los miembros de la mesa de contratación, siguió otra en la que los arrestados fueron los padres y el hermano del entonces diputado del PP, Álvaro Gijón. A esta acusación se suma la de revelación de secretos de forma continuada en esta instrucción y la del 'caso Cursach' y una serie de episodios de coacciones a detenidos y testigos para que refrendaran las tesis que sostenían los entonces investigadores.

Las defensas solicitaron en las primeras jornadas del juicio una nulidad en bloque de todas las actuaciones. Sostenían que las principales pruebas que llevaron a la detención de Iván Bandera y a la entrega de su móvil provenían de una actuación declarada más tarde ilegal: el acceso a los listados de llamadas de dos periodistas y la incautación de sus teléfonos móviles. El Tribunal Constitucional dictó una sentencia en la que declaraba vulnerado el derecho de ambos profesionales a recurrir los autos que les afectaban y, más tarde, el TSJIB anuló toda esa secuencia de resoluciones adoptadas por el primer instructor del caso, el juez Miquel Florit. La Fiscalía consideraba que esas detenciones fueron inevitables que se produjeron de forma independiente al acceso al listado de llamadas y que, además estuvieron acompañadas por la entrega voluntaria de los móviles.