El juicio contra el clan se desarrolló en dos salas de la Audiencia de forma simultánea el pasado mes de septiembre.  | Alejandro Sepúlveda

TW
7

Cuatro de los cabecillas del ‘clan de los Pelúos se llevan las principales condenas por manejar una mafia dedicada a la okupación de pisos en Son Gotleu. La Audiencia Provincial condena a dos de los principales acusados a penas de seis años y medio de cárcel para cada uno y sus lugartenientes a cuatro años de prisión. El resto de los 24 acusados en el macrojuicio salen mucho mejor parados: para otros cinco la pena es de dos años y para otros tres, de uno. El resto de los encausados han sido absueltos.

La Audiencia Provincial considera demostrado que la banda se dedicó, al menos durante 2013 y 2014, a okupar pisos de bancos de forma sistemática. Más tarde, estas viviendas se anunciaban en carteles por Son Gotleu para su alquiler a precios imbatibles. El objetivo eran inmigrantes con familias y personas en situación de vulnerabilidad que eran quienes accedían a estos pisos. Ante cualquier problema, el grupo actuaba de forma expeditiva con violencia e intimidación hacia sus inquilinos.

La resolución recoge estas amenazas: «Te vamos a dar una paliza si vas a la policía a denunciar, no sabes lo que te espera. Me da igual si tienes dinero, si no, lo robas. Te buscas la vida, no sabes con quién te has metido».

Lejos de Son Gotleu

La sentencia impone a tres de los cabecillas una orden de alejamiento del barrio durante cinco años. Razonan: «Los acusados tomaron el control del barrio de Son Gotleu, atemorizaron a sus vecinos durante un período prolongado de tiempo en el que no reconocían la autoridad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, erigiéndose ellos mismos en la única autoridad en la zona, imponiendo su voluntad, perturbando gravemente la convivencia, y exhibiendo su fortaleza a través de las redes sociales, que tenían configuradas en abierto, y donde exhibían una importante cantidad de armas y de dinero».    La condena impuesta por la Audiencia por delitos de organización criminal, usurpación, coacciones y tenencia ilícita de armas, queda lejos de la petición formulada por la Fiscalía, que reclamaba hasta treinta años para los principales acusados. La Sala estima que se produjeron delitos continuados de coacciones y no varios de ellos, que era lo que disparaba la petición de pena del Ministerio Público.

El tribunal basa la condena en la declaración de los agentes de la Policía Nacional que llevaron a cabo la investigación y en varios testigos protegidos, que relataron la persecución que sufrieron. La sentencia impone de forma expresa una orden de alejamiento de los condenados sobre estas personas. También pide que se investigue a dos testigos protegidos que se desdijeron en el juicio por falso testimonio.

Esta es la primera condena que se produce en Mallorca a una banda dedicada en exclusiva a la okupación de viviendas. Se suma la posición del clan, un grupo numeroso muy conocido en el barrio, lo que les permitía imponer sus condiciones a los afectados. La sentencia valora que «ejercían tal control arrogándose un poder ilimitado, permitiéndose expresar a los moradores de las viviendas que ignoraran a la Policía y a los «payos», diciéndoles reiteradamente que a quienes tenían que hacer caso era exclusivamente a ellos». La sentencia dictada ayer por la Audiencia Provincial no es firme.

El apunte

División en la Sala por el alcance del delito de usurpación

La sentencia cuenta con el voto particular de una de las magistradas en torno al delito de usurpación. La tesis de la sentencia es que la entrada en los pisos de bancos protagonizada por la banda sí es un delito leve y valoran que la intención de los acusados era ponerlos en alquiler. El voto particular se basa en un acuerdo de la Audiencia que niega que sea delito okupar pisos que llevan años sin presencia de su dueño.