Según la sentencia, en su ingreso no se hizo mención a dolor torácico en ningún momento, sino a un cuadro de malestar general de 24 horas. | Pixabay

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La aseguradora del Servicio Aragonés de Salud ha sido condenada a indemnizar con 109.480 euros al esposo y al hijo de una mujer de 55 años que en marzo fue atendida en su domicilio de un fuerte dolor abdominal y trasladada al hospital de Calatayud, donde le dieron el alta pero falleció poco después por un infarto.

La asociación El Defensor del Paciente explica en una nota que el juzgado de primera instancia número 74 de Madrid ha dictado esta sentencia, en la que se estima parcialmente la demanda interpuesta contra la aseguradora del Servicio Aragonés de Salud, Mapfre, que deberá abonar al marido de la fallecida, L.A.S., 93.840 euros y a su hijo, D.A.S., otros 15.640 euros, por una «mala praxis médica».

La asociación relata que el 29 de marzo de 2013, A.M.S.G., de 55 años, fue atendida en su domicilio por una UVI móvil, ya que presentaba un cuadro de epigastralgia (dolor abdominal) e irradiación a hipocondrio derecho, pérdida de fuerza en el miembro inferior derecho y puño percusión renal positiva.

Tras pautar medicación, mejoró del dolor abdominal, pero el dolor en el hipocondrio derecho no mejoró, y tampoco la pérdida de fuerza del miembro inferior.

Dado el cuadro, la afectada fue trasladada al Hospital Ernest Lluch Martín (Calatayud), con el diagnóstico de dolor abdominal y epigastrio, y quedó ingresada.

Allí, según la sentencia, no se hizo mención a dolor torácico en ningún momento, sino a un cuadro de malestar general de 24 horas junto con dolor epigástrico de reciente comienzo con dolor en hipocondrio derecho.

En la exploración física no hubo mención a los dolores referidos en el informe del médico de la UVI Móvil y los médicos del Hospital Ernest Lluch realizaron a la mujer una radiografía de tórax y una analítica, siendo después dada de alta con sospechas de una gastritis aguda.

Pero una vez en su domicilio, a las pocas horas A.M.S.G. fue atendida de urgencia por los médicos de la UVI y falleció por parada cardiorrespiratoria.

En la autopsia se estableció que la paciente presentaba una rotura de aneurisma de aorta secundaria a un infarto de miocardio.

La defensa del caso ha sido tramitada por el abogado Antonio Navarro, especialista en derecho sanitario y perteneciente a los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente.