Jacinto Grimaldo fue declarado culpable del asesinato de los dos indigentes. Foto: ALEJANDRO SEPÚLVEDA

TW
0

El jurado popular declaró culpable a Jacinto Grimaldo, el acusado de matar a martillazos a dos indigentes mientras dormían bajo un puente de la vía de cintura de Palma. Ocho de los nueve miembros emitieron un veredicto condenatorio, afirmando que el acusado actuó «de manera intencionada y sorpresiva e impidiendo su defensa». En el caso de Santiago Gonzalo, puntualizan que «le causó la agonía hasta su expiración».

El jurado destacó que el acusado estuvo bajo el puente «metiéndose un pico de cocaína», que llevaba un martillo de encofrador y que se fue de allí con una bolsa que contenía bebidas alcohólicas, presuntamente de los fallecidos.

Los miembros del tribunal popular tampoco creyeron que Grimaldo, a pesar de consumir cocaína, «tuviese sus capacidades mentales alteradas y que sabía diferenciar entre el mal y el bien».

El acusado aseguró haber padecido amnesia antes de los hechos, aunque su coartada comenzó a desmontarse con la declaración de los diferentes investigadores. En primer lugar, los policías de Homicidios explicaron que habían encontrado huellas de una zapatilla suya en el lugar. Posteriormente, la Policía Científica confirmó que había sangre de una de las víctimas en su calzado.

Otra de las informaciones fundamentales para el jurado fue la propia confesión del acusado ante la policía. Jacinto Grimaldo explicó a los agentes que había cometido el crimen con un martillo de encofrador y que lo había arrojado a un contenedor, en el polígono de Levante.

Aunque el arma homicida nunca fue hallada, los forenses afirmaron que las heridas de las víctimas tenían muchas probabilidades de haberse realizado con este arma, que el acusado solía llevar en una mochila a su trabajo de albañil en Inca.

Con el veredicto, fiscal y acusación piden ahora una pena de 38 años y sendas indemnizaciones de 120.000 euros para cada un a de las familias de los fallecidos. Por su parte, la defensa pide rebajar la pena «uno o dos grados, según disponga el tribunal».