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A mí las prisas en una ley me resultan muy sospechosas, especialmente cuando afectan a derechos fundamentales. Así que el anuncio del Gobierno de aprobar una ley orgánica que regule el secreto profesional del periodista en un par de meses, después de 44 años de espera, me genera desconfianza. Máxime cuando la urgencia ya la planteó, en pleno mes de agosto y con sólo nueve días de plazo para presentar enmiendas, con el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada, rechazada por las asociaciones de periodistas al establecer censura. En esta norma se limitan los derechos de libertad de expresión y de información bajo la arbitraria justificación de la salvaguardia de la seguridad y de la defensa nacional.

Tras el ‘caso Móviles’, que precisamente vivimos en Mallorca con la incautación de los teléfonos y ordenadores de dos periodistas y el intento a un tercero, nos asaltaron las ganas de pedir una ley que blinde al profesional de la información frente a la injerencia judicial que pretenda obligarle a revelar sus fuentes. Recordemos que la protección del periodista supone la garantía del derecho a la información de toda la ciudadanía, pilar fundamental en una sociedad democrática.

Sin embargo, tras cierto debate y reflexión, con el mismo ímpetu frenamos la petición. Nos surgieron serias dudas porque regular es acotar. Este derecho no debe tener límites por antojo de otros poderes y bastaría una interpretación firme de la Constitución para que no se permitiera ninguna interferencia. En cualquier caso, hay jurisprudencia de sobra que avala, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Otra cuestión es si el periodista publica algo a sabiendas de que es falso, en cuyo caso está la opción de interponer una demanda contra él y contra el medio.

De hecho, esta es una de las dos limitaciones a la confidencialidad de las fuentes que aceptan las organizaciones de periodistas, y que ya incluye el Código Deontológico de FAPE: cuando se constate que la fuente ha falseado conscientemente la información y cuando la revelación de la identidad sea el único medio para evitar un daño grave e inminente a la vida, la integridad física o la seguridad de las personas.

A priori no parece mal la propuesta, dado que el amparo incluye las herramientas de trabajo del periodista, un punto esencial para que no se repitan los atropellos de jueces. De hecho, hay un tufillo preocupante en la judicatura. Hace unos días la Fiscalía Anticorrupción defendía los autos del ‘caso Móviles’ e impugnaba los recursos de los periodistas en el TSJ de Baleares por considerar proporcionada la incautación de los teléfonos.

Pero es que el secreto profesional ligado al periodismo es garantía del derecho a la información. No hay periodismo útil si no hay opción de denuncia. La desprotección de una fuente de información en un caso de corrupción supone un grave atentado contra la libertad de prensa que, además, pone en riesgo el periodismo y cualquier publicación futura.