El Ejecutivo quiere estimular la construccción de viviendas.

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El Ejecutivo, además, se han puesto en marcha nuevas ayudas directas para abonar la entrada en la compra de una vivienda, se incrementan las ayudas a la promoción de suelo urbanizado y se amplía el plazo para la descalificación de las viviendas protegidas hasta los 10 años. A efectos de estimular la construcción y puesta en el mercado de viviendas protegidas de nueva construcción, el Gobierno ha decidido incrementar el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas protegidas en un 2'03 por 100, pasando de 98.500 pesetas a 100.500 pesetas.

Además, las CC AA pueden incrementar el precio máximo de las viviendas protegidas en un 25%, en vez del 15 por 100 como hasta ahora. Ello supone que, si las autonomías agotan este nuevo margen, el precio máximo de dichas viviendas, incluyendo la subida del precio básico, experimentará un incremento del 10'90%. El precio máximo por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas de protección oficial de régimen especial pasa del 85 al 90% del precio máximo general de las viviendas protegidas, lo que supone un incremento del 8'03% para este tipo de viviendas incluyendo la subida del precio básico, y del 17'43 por ciento si además las comunidades agotan su nuevo margen de incremento.

El Real Decreto crea un nuevo tipo de ayuda, para facilitar la compra de viviendas protegidas a quienes van a comprar por primera vez una vivienda en propiedad, siempre que sus ingresos no excedan de 3'5 millones anuales. La nueva ayuda consiste en un porcentaje del precio de la vivienda que se entregará al adquiriente en el momento de la compra por la misma entidad de crédito que haya facilitado el préstamo cualificado para la compra de la vivienda. Posteriormente, Fomento reintegrará, con intereses, esa cantidad a la entidad de crédito.

La cuantía de esta nueva ayuda dependerá de diversas circunstancias, tales como el tipo de vivienda protegida de que se trate, la edad del comprador (con cuantías reforzadas si no pasa de los 35 años de edad), el número de miembros de la unidad familiar, la existencia de algún miembro minusválido en la misma, entre otras.