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La Diputación Provincial de Valencia y la empresa de anticonceptivos DIU SA deberán indemnizar con dos millones a una mujer que quedó embarazada tras utilizar un dispositivo intrauterino defectuoso que le fue facilitado en un centro de planificación familiar, según refleja una sentencia de la Sala de lo Civil del Supremo.

La sentencia "que desestima el recurso de casación interpuesto por la Administración" justifica la indemnización ya que se ocasionaron «efectivos daños materiales», teniendo en cuenta que la afectada, al necesitar guardar cama a causa del embarazo, «dejó de atender debidamente el negocio que regentaba con la consiguiente aminoración productiva».

El embarazo, además, le produjo un «inevitable estado de preocupación atentatorio a su libertad» por causa de la gestación no deseada, generando daños morales, «que se presentan como los más intensos y decisivos y justifican por sí mismos la indemnización que otorga la sentencia recurrida», añade la Sala de lo Civil del Supremo.