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Después de un largo procedimiento administrativo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) da la razón al Colectivo Albaïna y ha determinado que la colocación de la cámara de videovigilancia oculta en el aparcamiento dels Estiradors en septiembre de 2012 supone una falta grave cometida por el Ayuntamiento de Sóller, al haber violado el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

La vulneración del derecho a la intimidad de los ciudadanos supone una multa de entre 60.000 y 300.000 € en caso de que el denunciado sea un particular, y en este caso, que se corresponde a infracción por parte de la administración pública, está pendiente de fijar.

El día 17 de octubre del 2012 un representante de Albaïna declaró que el 1 de septiembre habían encontrado una cámara de videovigilancia camuflada en una caja de conexiones, en el aparcamiento dels Estiradors. En la denuncia presentada a la AEPD Albaïna informó de que se había procedido entonces a interponer denuncia en el Juzgado de Instrucción número 4 de Palma por considerar que la vigilancia se hacía de forma «ilegal», ya que «la cámara no estaba señalizada y se desconocía la destinación de las imágenes eventualmente registradas».