A.G.
El magistrado da por sentado que Sastre ofreció aquel día una rueda de prensa y que después intentó acceder a la piscina, sin que se registrara violencia. El juez desecha las supuestas amenazas que el jefe de escoltas de Ramírez dijo que había recibido de Sastre, así como la «compleja explicación» del sargento primero que le incriminó en una posible manifestación ilegal y violenta. El magistrado refiere que Sastre hizo un llamamiento a la población para que acudiera a bañarse a la piscina, y a partir de aquí considera y valora los hechos. A juicio del ponente, «la acción típica (de coacciones) la constituye el intento del acusado de nadar en la piscina». Admite que «es cierto que existe una polémica jurisprudencial sobre si en el concepto de violencia del artículo 172 puede incluirse la psíquica», pero «el delito de coacciones es un tipo abierto, destinado a albergar todas las formas de ejercicio de violencia. Sobre esta construcción del delito entiende que lo que ha primado en el legislador al definir la violencia en la coacción no es la contraposición a la intimidación, sino el efecto coercitivo producido». En este sentido, Ramírez declaró en el juicio que la acción de Jaume Sastre les habían provocado «pesadillas», «terror», «pánico» y «un calvario».
Son Servera
El juez condena a Jaume Sastre a pagar 200 euros por «violencia psíquica» contra Pedro J.
El líder del Lobby cometió una falta de coacciones al querer nadar en la piscina y «perturbar» al periodista
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