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M. SERRA
Pedro J. Ramírez inscribió como suyos en el registro de la propiedad la piscina y el solarium que están situados delante de su vivienda en Costa dels Pins. En aquel momento, 1999, hacía quince años que las instalaciones carecían de licencia, y cuatro que el Ministerio había levantado acta de reversión, es decir, que las había recuperado para el dominio público marítimo-terrestre.

Esto no fue obstáculo para que Pedro J. Ramírez, a través de la sociedad madrileña Solares de Simba SA, que él administra, las pusiera a su nombre cuando adquirió la propiedad a Giuliana Arioli.

El historial del Registro de la Propiedad detalla la extensión de la parcela, la distribución de la vivienda, y enumera también sus «exteriores», que son: un «cuarto trastero», una «piscina con solarium y acceso directo al mar», en relación a una escalera que penetra en el agua.

Ramírez instó a la señora Arioli, bajo el pago condicionado de 15 millones de pesetas, a recuperar y a transferirle la «concesión demanial» otorgada por la administración franquista en 1974, y que llevaba caducada quince años. Por concesión demanial se entiende aquella que permite el uso «exclusivo» del dominio público.

Fuentes jurídicas consultadas aseguraron que, con la entrada de la Ley de Costas de 1988, resultaría asombroso que una piscina que invade el dominio público y que imposibilita el derecho de paso recibiera una «concesión demanial», salvo que se trate de una cuestión de Estado. De hecho, el Ministerio denegó la solicitud de la señora Arioli al considerarla imposible, y concedió un permiso de uso «público» que, sin embargo, no alteró el uso «exclusivo» de la instalación.

La inscripción en el Registro de la Propiedad de cualquier tipo de concesiones en la costa española está regulada por el Reglamento de la Ley de 1988. El artículo 137.5 prohíbe, taxativamente, la inscripción «sin que se acompañe el certificado del Servicio Periférico», algo que, obviamente, Ramírez no tenía en aquel momento y que pretende obtener ahora.

¿Por qué, entonces, inscribió el periodista la piscina y el solarium como propios? Sin lugar a dudas, porque había pagado por ellos 50 millones de pesetas, aún sin tenerlos que pagar. Y en segundo, y previsiblemente, para crear un derecho real, es decir, convertirse, aunque fuera sobre el papel, en el propietario de unas instalaciones que, sin embargo, ya pertenecían al Estado.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha abierto procedimiento, a instancias de una denuncia realizada por el Lobby per la Independència, para dictaminar acerca de la corrección del procedimiento legal en torno a la concesión otorgada a esta piscina.