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El Ajuntament de Muro quiere clausurar la antena de telefonía móvil situada en el número 8 de la calle Màrtirs, que es explotada por la empresa Amena Retevisión Móvil S.A. El mes de mayo de 2002 el Ajuntament ya ordenó a través de un decreto la paralización de esta actividad. Así, el mes de junio del año 2002 la empresa de telefonía móvil presentó un recurso contencioso administrativo contra este decreto del Ajuntament de Muro, que ahora ha sido desestimado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma.

En la demanda, la empresa formuló que «se declarase la nulidad del decreto impugnado, se reconociera que Amena tiene licencia de obras concedida por silencio administrativo positivo y que en virtud de la orden de día 24 de junio de 1998 tiene otorgada la licencia de actividad». Según el recurso, la empresa solicitó una licencia de obra día 20 de octubre de 1999 para instalar una estación de telefonía móvil y al no ser denegada por el Ajuntament se ha adquirido por silencio administrativo.

El juez ha resuelto que el Ajuntament tiene la competencia para exigir la licencia de actividad a la empresa y para acordar la paralización en contra de lo que ha alegado Amena. La sentencia especifica que la empresa no denunció el retraso del Ajuntament a la hora de otorgar la licencia de obras por lo que «no es admisible que haya adquirido esta licencia por silencio administrativo». El teniente de alcalde Onofre Plomer, que se mostró satisfecho con la desestimación del recurso, dijo que «cuando se monta una actividad se tienen que hacer caso a las normas».