El proyecto de construcción de un campo de golf en sa Canova provocó importantes movilizaciones ecologistas.

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El Tribunal Supremo ha anulado una anterior sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Balears (TSJB), del 17 de diciembre de 1992 sobre los terrenos de sa Canova de Artà. El TSJB desestimó entonces una demanda interpuesta por la promotora Bahía Nova SA contra el Govern balear al considerar que la citada constructora no había acreditado sus títulos de propiedad sobre los terrenos.

Bahía Nova SA justificó que los terrenos de sa Canova tenían un valor de 15.000 millones de pesetas antes de ser declarados de Area Natural de Especial Interés. Tras ser aprobada la Ley de Espacios Naturales (LEN) en el Parlament balear, la zona protegida de Artà pasó a tener un valor de 3.000 millones de pesetas. La promotora consideraba que el Govern debería hacer frente a las obras realizadas ya en sa Canova, en la que inicialmente se pretendía construir un campo de golf, que superaban los 500 millones de pesetas.

Por su parte, el Tribunal Supremo ha desconsiderado en la sentencia tales razonamientos y ha entrado a efectuar una primera valoración de los daños y perjuicios causados por la pérdida del carácter de Centro de Interés Turístico Nacional, cifrados, según los asesores jurídicos de la promotora, en unos cien millones de pesetas que deberán ser pagadas por el Estado, aunque se está a la espera de una segunda sentencia por la que poder exigir indemnizaciones al Govern balear.