El diputado de Podemos Alberto Rodríguez. | Efe

TW
17

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ha comunicado a Alberto Rodríguez la pérdida de su condición de diputado de Unidas Podemos, tal como le ha requerido el último oficio enviado por el Tribunal Supremo que le ha condenado a una pena de prisión conmutable por multa y a una pena accesoria de inhabilitación por un delito de atentado a agente de la autoridad.

En un comunicado, la Presidencia de la Cámara señala que también se ha dado traslado de esa situación a la Junta Electoral Central, a los efectos de su sustitución, y a la Secretaría General del Congreso.

También ha remitido oficio al Tribunal Supremo trasladando copia de estas comunicaciones.

Batet se ha puesto en contacto personalmente con Alberto Rodríguez para trasladarle la notificación del Tribunal Supremo y le ha comunicado el oficio del presidente del Alto Tribunal por el que se da traslado de la sentencia de la Sala Segunda, que comporta la pérdida de su condición de diputado, y del auto por el que se dispone su ejecución.

El paso dado por Batet se produce después de que presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, le haya vuelto a remitir este viernes un escrito para dejarle claro que la sentencia conlleva la pena de "inhabilitación especial" que es una pena accesoria obligada según el Código Penal.

La presidenta de la Cámara Baja reunió de urgencia este jueves a la Mesa del Congreso tras el oficio que le había remitido el Supremo un día antes para conocer la fecha en la que se iba a iniciar la inhabilitación de Rodríguez aunque no tomó ninguna decisión y acordó finalmente pedir una aclaración de la sentencia al Alto Tribunal.

En su segundo escrito llegado este viernes al Congreso, Marchena subraya la vigencia de la inhabilitación pues se trata de una pena accesoria que es obligada en virtud del Código Penal, que así lo exige cuando se imponga una pena de prisión como es el caso, ya que Rodríguez fue condenado a mes y medio de cárcel pena que "solo a exclusivos efectos de ejecución" fue sustituida por multa de 540 euros.

Por contra, los servicios jurídicos de la Cámara Baja habían interpretado días antes que Rodríguez no perdía la condición de diputado al haberse conmutado la pena de prisión por la multa, ni tampoco por la "inhabilitación especial para sufragio pasivo" que establece la sentencia, ya que entendían que iba vinculada a un periodo electoral y no al momento actual, en la que ya era diputado electo.