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El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón preguntó ayer al fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, si se debe actuar contra los miembros de la mesa del Parlamento vasco que se negaron a suspender el grupo parlamentario de Araba, Bizkaia eta Gipuzkoako Sozialista Abertzaleak (antigua Batasuna). Según informaron fuentes jurídicas, una eventual acción penal por estos hechos se seguiría sólo contra los miembros de este órgano parlamentario que rechazaron aplicar el auto dictado por Garzón el pasado 26 de agosto decretando la suspensión cautelar de actividades de la formación abertzale, ya que en el acuerdo de la mesa figura el sentido de voto de cada uno de sus integrantes.

Así, mientras que los representantes del PNV, EA e IU/EB, que forman la mayoría de la mesa, acordaron el pasado 3 de octubre no suspender el grupo de Batasuna al entender que el auto de Garzón «menoscaba» la autonomía organizativa y de funcionamiento del Parlamento, los del PP y del PSE-PSOE se pronunciaron por aplicar la resolución judicial. Según las fuentes consultadas, que recordaron que el artículo 118 de la constitución establece la obligatoriedad del cumplimiento de las resoluciones judiciales, la conducta de los parlamentarios vascos podría constituir un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.

En este sentido, el artículo 410 del Código Penal dice que «las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales (...) incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años». Si la Fiscalía se decidiera por esta alternativa, el órgano encargado de investigar estos hechos sería el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), dado el carácter de aforados de los implicados y el hecho de que el delito de desobediencia no es competencia de la Audiencia Nacional.