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La Sala Especial del Tribunal Supremo ha rechazado por mayoría los incidentes de recusación presentados por el juez Javier Gómez de Liaño contra los tres magistrados del Supremo encargados de juzgarle por presunta prevaricación en el «caso Sogecable».

La decisión, que no contó con el apoyo de 5 de los 16 magistrados, se basó en el carácter «extemporáneo» del escrito de recusación contra los magistrados del Supremo, Gregorio García Ancos, Enrique Bacialupo y José Manuel Martínez Pereda. La Sala especial del Tribunal Supremo prevista en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial consideró que la recusación contra los tres magistrados fue presentada fuera de los plazos establecidos y «en un momento procesal no adecuado».

El juez Javier Gómez de Liaño recusó el pasado 25 de febrero a los tres miembros de la Sala de lo Penal del Supremo que ratificaron su procesamiento por prevaricación y dictaron auto de apertura de juicio oral contra él, que son Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo y José Manuel Martínez Pereda.

Liaño entiende que han perdido la imparcialidad objetiva para juzgarle por haber dictado dichas resoluciones. En el caso de Bacigalupo, le recusa también por «amistad íntima» con el abogado de Sogecable, Antonio González Cuéllar, y por interés directo o indirecto en la causa.