El exvicepresidente balear Juan Pedro Yllanes. | Jaume Morey

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El que fuera vicepresidente del Govern de Francina Armengol en Baleares Juan Pedro Yllanes (Unidas Podemos) se encuentran entre los más de 200 juristas que han firmado un manifiesto «por la amnistía, la democracia y la convivencia» junto al ex juez de la Audiencia Nacional (AN) Baltasar Garzón, así como diputados de Sumar como Jaume Asens y Enrique Santiago, el diputado de los 'comunes' Gerardo Pisarello, el abogado del 'procés' Jaume Alonso-Cuevillas -que llegó a representar al ex presidente catalán Carles Puigdemont- o la ex vocal progresista del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Concepción Sáez.

También constan como firmantes Nicolás García Rivas, Antoni Llabrés Fuster, Javier Mira Benavent y Guillermo Portilla Contreras, autores de la propuesta de amnistía de Sumar; los constitucionalistas Javier Pérez Royo y Joaquín Urías; el senador de ERC Joan Queralt; el también dirigente de ERC Joan Ridaó; o el ex alcalde socialista de Fuenlabrada Manuel de la Rocha Rubí, cuyo hijo ejerce actualmente de asesor en Moncloa. En el texto, recogido por Europa Press, los firmantes expresan su apoyo a que «la mayoría parlamentaria pueda aprobar medidas como una ley de amnistía para contribuir a normalizar la situación política entre Cataluña y el Estado».

Así, recuerdan que «los objetivos de las amnistías, según el Derecho Internacional vigente, son alentar la reconciliación social y contribuir al restablecimiento de las relaciones normales en la vida de un país». Subrayan que «el indulto, la renuncia a la acción penal, la amnistía u otras figuras jurídicas equivalentes se han utilizado en distintos lugares del mundo». «Igual que en España, con normalidad. En Francia, en Italia o en Suiza hay leyes de amnistía», han detallado, citando también el caso portugués.

A su juicio, «el único límite excluyente para la amnistía en nuestro derecho, como en cualquier país civilizado, son los crímenes internacionales: los delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, etc». Además, se muestran seguros de que «la Constitución no prohíbe la amnistía, que opera sobre las conductas, pero sí prohíbe los indultos generales, que operan sobre las condenas penales firmes». A este respecto, recalcan que «la prohibición del indulto general no impidió que el 1 de diciembre de 2000, un solo Consejo de Ministros del presidente Aznar (PP), aprobara 1.443 indultos, sin alegar ningún motivo de interés general».

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«Tampoco se opuso el PP al indulto del que se benefició el general Armada en el año 1988, condenado a 30 años de cárcel por ser el máximo responsable del intento del golpe de Estado de febrero de 1981 en el que fuerzas militares secuestraron a todo el Gobierno y a todo el Poder Legislativo», añaden. En la misma línea aluden a «la amnistía de delitos fiscales», que «ha sido utilizada profusamente en nuestra democracia por todos los gobiernos menos el actual, incluidos los del PP, siendo las más importantes las de los años 1984, 1991 y 2012».

En este contexto, reclaman «que cesen los intentos desestabilizadores y los ataques al normal funcionamiento de las instituciones constitucionales, permitiendo que sean, respectivamente, los procesos parlamentarios y de control constitucional por el Tribunal Constitucional quienes decidan sin presiones ni injerencias sobre la aprobación de leyes y el examen de su constitucionalidad, si correspondiera».

Al hilo, denuncian que «se está tratando de generar artificiosamente un problema jurídico por quienes vulneran la Constitución cada vez que interesa a sus objetivos políticos, incumpliendo el desarrollo de los derechos sociales, incumpliendo los derechos fundamentales de las personas, e instrumentalizando las instituciones de forma partidista, como ocurre con el bloqueo a la renovación del Consejo General del Poder Judicial desde hace 5 años».

«Un CGPJ que, en lugar de asumir su realidad caducada y contraria a la norma, quebrantando su papel institucional, mientras incumple sus obligaciones y plazos para los preceptivos informes sobre proyectos normativos de forma sistemática, o es incapaz de regular la carga de trabajo de la judicatura, realiza posicionamientos políticos ajenos a su función sobre futuribles textos jurídicos y sobre la situación política como si de un partido se tratase», reprochan. En su opinión, «no puede sino calificarse de pura demagogia que organizaciones de juristas con meros fines partidistas califiquen de trampas procesos normativos aún no iniciados, o definan apocalípticamente como el principio del fin de la democracia, la aprobación de normas en sede parlamentaria, y por mayorías cualificadas».