Los padres y madres podrán cogerse permisos para cuidar de los hijos. | Freepik

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El curso escolar 2023-2024 está a la vuelta de la esquina y este año arranca con novedades importantes en materia de conciliación familiar. Esto se debe a que desde el pasado mes de junio están en vigor los nuevos permisos que ha aprobado el Gobierno de España. Uno de ellos es el de las ocho semanas para el cuidado de los hijos. En concreto, las personas trabajadoras tendrán derecho a un permiso parental para el cuidado de su hijo o menor acogido por tiempo superior a un año hasta que este cumpla los ocho años.

Se puede disfrutar de forma continua o discontinua y a tiempo completo o parcial. Cabe precisar que el citado permiso este año aún será de seis semanas, pero en 2024 ya pasará a ser de ocho. A muchos progenitores les puede resultar de utilidad para realizar la adaptación de sus hijos al curso escolar o para utilizarlo en estos primeros días de septiembre, mientras comienzan las clases.

La secretaría de políticas públicas de CCOO en las Islas, Eva Cerdeiriña, reconoce que este permiso ha supuesto un avance, pero lamenta que no está remunerado, motivo por el que su sindicato ha presentado alegaciones. Además, precisa que el empleado debe comunicarlo a la empresa con 10 días de antelación o la que esté especificada en su convenio colectivo.

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Permiso de cinco días para el cuidado

El otro permiso, en este caso retribuido, es el de cinco días que le corresponden a cada persona trabajadora para cuidar de familiares de segundo grado o convivientes. En concreto, pueden acogerse en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el segundo por consanguineidad o afinidad, familiares consanguíneos de la pareja de hecho o cualquier persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y necesite cuidados.

Hasta finales del pasado mes de junio sólo se contemplaba un permiso de dos días por fallecimiento o por enfermedad grave de un familiar.

Permiso de cuatro días para urgencias

La tercera novedad consiste en el permiso de hasta cuatro días para ausentarse del trabajo por causas de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente. Este permiso también es retribuido y puede cogerse todo junto o repartido hasta completar las cuatro jornadas.