El cártel de coches afecta a vehículos comprados entre 2006 y 2013. | Gemma Andreu

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Las primeras sentencias por el ‘cártel de coches’ en las Islas se quedan lejos de las expectativas. Los tribunales aplican para las reclamaciones contra los fabricantes de automóviles por mantener durante una década prácticas contra la competencia para inflar precios el mismo criterio que usaron para el ‘cartel de camiones’. Varias sentencias en Palma siguen esa misma línea y están condenado a los fabricantes a devolver el cinco por ciento del valor de compra de los automóviles. Supone una admisión solo parcial de las demandas, que reclaman cantidades mayores, entre el 10 y el 15 por ciento de los vehículos. Esa admisión parcial tiene otro efecto económico: no hay condena en costas para las empresas y le corresponde a cada consumidor pagar el procedimiento judicial.

Competencia sancionó en 2015 y 2016 a 21 fabricantes y a más de un centenar de concesionarios por alterar los precios de los vehículos. En Balears no hay distribuidores afectados por esas sanciones pero los consumidores locales que adquirieron vehículos entre febrero de 2006 y agosto de 2013 sí pueden reclamar daños por ese cártel. Es algo similar a lo que ocurrió con los camiones. Las demandas de los transportistas llegaron antes que las de los turismos y, de hecho, la Audiencia Provincial ya ha resuelto más de medio centenar de casos. Para esas reclamaciones fijó previamente un criterio: el de admitir las demandas y compensar a los compradores de camiones con un cinco por ciento del valor de adquisición. De esta manera, decenas de empresarios de las Islas han obtenido compensaciones que suelen estar en una horquilla de 2.000 a 5.000 euros.

Uno de los principales problemas de estas demandas es el de acreditar el daño específico causado por el cartel a cada uno de los consumidores o transportistas. De ahí han venido las principales sentencias desestimatorias, algunas de ellas estrepitosas, como un transportista que reclamaba por 31 camiones y cuya petición fue desestimada porque la pericial que aportó fue considerada insuficiente por los tribunales. Ese estudio no cumplía con los requisitos marcados por una guía de la Comisión Europea. De hecho, todas las desestimaciones que se han producido en torno al cartel de camiones tienen que ver con esos defectos de prueba y con el ‘cartel de coches’ está ocurriendo una situación análoga.

Con lo que los juzgados mantienen un criterio amplio es con los plazos para interponer demandas. Una de las principales alegaciones de las marcas es que ya habría prescrito el plazo de cinco años. Lo jueces de Palma consideran que el cómputo debe iniciarse en 2021, que es cuando estiman que fue firme el procedimiento administrativo, por lo que serían válidas las demandas interpuestas hasta 2026.
Así, a falta de que las causas avancen hasta la Audiencia Provincial y eventualmente al Supremo, las indemnizaciones oscilan en torno a los 1.000 o 2.000 euros, lejos de las cantidades reclamadas inicialmente que doblaban de largo estas cuantías. Por ejemplo, la compradora de un Citroen recibiría 1.250 y una demandante con un BMW 118 D, 1.200.

El apunte

Una veintena de marcas de coches implicadas

Las organizaciones de consumidores y numerosos despachos de abogados se han lanzado a captar posibles demandantes. Afecta a BMW, Citroën, Chevrolet, Chrysler, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Kia, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Toyota, VW, Audi y Volvo