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El COVID-19 está provocando un cúmulo de situaciones que son, a la vez, inéditas y muy graves.

Ciertamente, en nuestra historia nacional, y especialmente durante el siglo XIX y el año 18 del XX, hubo epidemias devastadoras, pero parecía que en el siglo XIX eran algo ya superado.

La actual epidemia no será devastadora desde el punto de vista sanitario, y para ello basta comparar las cifras actuales con las del año de la gripe, que mató a 50.000.000 de personas en el mundo y 260.000 en España, ya que la medicina ha avanzado mucho y se cuenta con un sistema público de salud que puede combatir la COVID-19. Ahora bien, lo que sucede es que este virus puede colapsar el sistema debido a su exponencial propagación y ello determina que no haya más remedio que evitar picos de enfermos ordenando a la gente que se quede en sus casas, y ello conlleva un parón económico.

Por tanto, gracias a Dios podemos combatir y ganar al COVID-19 –lo que no pudieron hacer las autoridades en 1918–, pero para ello debemos provocar un parón económico –que no era necesario provocar en 1918–.

Por ello, es indudable que el primer problema es el sanitario y es en el que en la actualidad hay que centrarse, pero luego vendrá un problema nuevo, del todo inédito, el de solucionar los graves problemas que provocará un parón económico y, más en concreto, el de evitar un colapso económico nacional y mundial. Parones o colapsos que, hasta ahora, eran debidos a causa de guerras –por ello, Merkel ha dicho que es la situación más compleja en la que se encuentra Alemania desde la II Guerra Mundial– o de desastres naturales –que sucedían de golpe y desde el día siguiente se empezaba a reconstruir y solo en una zona, no en todo el mundo–.

De lo primero que hay que ser conscientes es de que este parón será muy grave al poder degenerar en colapso. Porque es muy grave que muchos empresarios españoles –por centrarse en ellos– dejen de tener ingresos pero sigan teniendo gastos fijos y dejen de tener los que no lo son no contratando con sus proveedores durante un periodo de tiempo. Por ejemplo, todos los empresarios que se dedican a la explotación hotelera tendrán sus hoteles cerrados y se quedarán sin ingresos, pero deberán seguir pagando a sus trabajadores y sus préstamos bancarios; pero claro, lo harán mientras puedan y hasta este momento contaban con poder hacerlo con los ingresos que ya no perciben. Y dejarán de comprar a sus proveedores, que se quedarán también sin ingresos. Y ello sucederá con todos los empresarios. Y en todos los países. El monto económico que ello pueda significar es elevadísimo y con esta situación nunca nos habíamos encontrado ni nosotros, los españoles, ni el mundo.

Y hay que recordar que el Derecho Mercantil clásico partía de la base de que, en situación de insolvencia del empresario, se le debía arrestar por el mero hecho de caer en tal situación –y por ello no era infrecuente que se suicidaran–, porque una insolvencia tenía y tiene una honda expansiva devastadora: los acreedores del insolvente son, a la vez, deudores de otros, que, a la vez, lo son de otros. Ahora esta honda expansiva no la provoca una sola insolvencia, sino multitud de ellas. Este es el problema.

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Y a ello es a lo que deberá enfrentarse el Gobierno actual cuanto antes porque hasta ahora no lo ha hecho, sino que se ha limitado a dictar tres normas que se complementan entre sí, además de la laboral relativa a los ERTE, que implica que los empresarios puedan descargarse de este gasto fijo –que seguramente muchos de ellos no podrían abonar en breve plazo–, que pasa a asumirlo el Estado.

La primera norma, que es la básica, aún no está en vigor al faltar el desarrollo por el Consejo de Ministros y consistirá en que el Estado avalará, para «facilitar el mantenimiento del empleo» a las sociedades «para atender sus necesidades, derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez». Esta línea de aval será de hasta 100.000 millones de euros.

No sabemos qué requisitos se exigirán a las sociedades de capital para que les concedan el aval: parece que, a la vista del tenor literal de la norma, por una parte, se darán preferentemente avales a los empresarios que no se acojan a un ERTE y, por otra, que no se darán para refinanciaciones. Tampoco se sabe si la cantidad será suficiente para evitar el colapso. Y, en fin, es previsible que el Estado al final deba hacer honor a parte de los avales, lo que incrementará el gasto público.

La segunda medida es la suspensión durante el estado de alarma de los plazos procesales: «[s]e suspenden términos y se suspenden e interrumpen los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales». Ello significa que un acreedor no podrá reclamar su crédito: si lo reclama judicialmente, no se admitirá a trámite su demanda –primer plazo procesal– mientras dure el estado de alarma, cosa que seguramente es lo que hubiera querido y necesitado hacer porque tendrá –como todos los empresarios– problemas de liquidez. Pero tampoco le podrán reclamar a él. Pero todo ello única y exclusivamente mientras dure el estado de alarma, por lo que cuando cese, se dispararán las acciones y, además, muchos de los que previamente no hayan conseguido el aval del Estado serán insolventes y abocados al concurso. Por ello esta medida sirve de muy poco si no se regula lo que pasará cuando acabe el estado de alarma, máxime si el sistema de avales no es suficiente.

Y la tercera medida consiste en que, «[m]ientras esté vigente el estado de alarma, el deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendrá el deber de solicitar la declaración del concurso». Parece que esta norma no es necesaria salvo para salvar eventuales responsabilidades del deudor, ya que, suspendidos los plazos procesales, no se admitiría a trámite la solicitud hasta el levantamiento del estado de alarma. Y, como en el supuesto anterior, levantado el estado de alarma, se dispararán las solicitudes de concurso. Por ello, la medida tampoco sirve de mucho.

Todo ello qué significa: que, por ahora, no se sabe cómo intentará el Gobierno arreglar el gravísimo desajuste económico provocado por la COVID-19 para que no colapsemos, más allá de que concederá avales a los empresarios y autónomos, pero ni se sabe en qué condiciones ni se sabe si lo aplicado será suficiente.

Por ello, es de esperar que durante el periodo de alarma, se dicten normas para el día después.