El juez Castro, en una imagen de archivo. | MONTSERRAT T DIEZ - EFE - EFE

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El juez instructor del «caso Palma Arena», José Castro, tilda de «gratuita» la afirmación por parte del PP de que tiene enemistad hacia este partido, en un auto en el que desestima el recurso presentado por los populares contra su decisión de no admitir a la formación como parte perjudicada en este caso.

En el auto, al que ha tenido acceso Efe, el juez responde a los argumentos esgrimidos por el PP para recurrir su decisión de no admitir al partido como acusación particular en calidad de perjudicado por esta causa, dentro de la cual se investiga una supuesta financiación irregular del PP en la campaña electoral de 2007.

Entre otros argumentos, el PP balear, cuya defensa ejerce el ex fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Gordillo, afirmó que el juez Castro debe apartarse de la causa por haber perdido la imparcialidad y haber demostrado una enemistad manifiesta hacia el partido, del que forman o formaban parte algunos imputados.

«Por lo que respecta a la gratuita afirmación de enemistad de este proveyente (el juez) hacia el Partido Popular y al consejo o insinuación, por llamarlo de algún modo, de que este instructor se abstenga del conocimiento de la causa, vertidas tales alegaciones por quien no ostenta la condición de parte no autorizan el menor comentario», afirma el juez.

El auto de Castro recoge los argumentos de la Fiscalía Anticorrupción y de la acusación de la Comunidad Autónoma para oponerse al recurso del PP, y da traslado a la Audiencia del recurso de apelación presentado por el partido contra esta decisión.

Anticorrupción afirma que el PP ha sido «incapaz» de indicar en qué consiste el perjuicio que sufre a raíz de la investigación de este caso, y le recuerda que podría considerarse perjudicado si hubiera devuelto los fondos públicos que supuestamente fueron desviados.

En cuanto a la enemistad de Castro con el PP, el fiscal añade que lo que hace el juez en sus autos es valorar los indicios y documentos obtenidos en el proceso: «Si el material instructor no es objeto de valoración jurídica, *para qué se necesita un juez de instrucción?», indica al respecto.

En su escrito, recuerda que en el registro de la agencia de publicidad Nimbus se encontraron dos facturas por unos 19.000 euros de abril de 2007 (en mayo fueron las elecciones) cobradas a la Conselleria de Vicepresidencia por conceptos falsos.

«La valoración de que estamos ante una documentación inveraz que encubre el pago de servicios particulares realizado por Nimbus para el PP con ocasión de la campaña electoral del PP no resulta en absoluto disparatada y es más bien la posibilidad más racional», indica.

Además, el fiscal recuerda que en esta empresa se encontraron documentos contables donde se reflejaban pagos «en B» al PP, algo que ratificó ante el juez el presidente de Nimbus, Miquel Romero, quien dijo haber cobrado 71.000 euros en negro del gerente del partido.

El fiscal recuerda todos estos indicios con el fin de argumentar que el hecho de que el juez los valore para poder decir que el PP no es perjudicado por el delito, sino beneficiado, «no parece señal de enemistad alguna».

Finalmente, el fiscal se pregunta por qué el PP no ejerce la acusación popular, en vez de la particular, en este caso.

La Abogacía de la Comunidad sostiene los mismos argumentos que la Fiscalía, y añade que «no se entiende» el recurso del PP si no es con la intención de este partido de preparar el camino para interponer un incidente de recusación contra el juez y apartarlo de la instrucción del caso.

Añade que las afirmaciones de enemistad de Castro al PP no tienen «ningún fundamento», y que las expresiones del juez son «hipótesis que no prejuzgan el resultado de la instrucción, ni muestran ninguna animadversión hacia los imputados».