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La doctrina del Tribunal Superior de Justicia de Balears respecto a instrucción de casos en los que figuran personas aforadas -diputados y miembros del Govern-, dictada en un auto del propio TSJB de marzo de 2005, no está previsto que sea cuestionada por el Parlament, según admitieron ayer sus servicios jurídicos. No obstante, la presidenta de la Cámara, Maria Antònia unar, advirtió «que no hay un informe específico sobre este tema».

La controversia está originada por la imputación de diputados y consellers -Tarrés, Cardona, Vicens, Font o Nadal- en diferentes casos judiciales. Todos ellos han sido imputados y han prestado declaración ante juzces de instrucción y no ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears siguiendo un auto de 2005 en el que su aforamiento -contemplado en el artículo 44 del Estatut- sólo hace referencia a su inculpación, procesamiento y juicio «pero no para la directa incoación de causa penal contra ellos ni para su inicial instrucción e imputación, que corresponde al juez ordinario».

El TSJB basa su tesis jurídica en la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que distingue entre la imputación y la inculpación de un aforado, cambios que se produjeron en el año 2002 «y que obligan a cambiar la práctica contraria que había seguido el TSJB hasta ahora».