El cambio de criterio de la Sala de lo Civil y Penal del TSJB para imputar a los aforados provoca discrepancias en el mundo de la abogacía. A partir de ahora, todas las causas contra personas aforadas serán tramitadas por los jueces de instrucción en la Comunitat Autónoma de Balears. Hasta ahora, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) podía admitir o inadmitir una querella contra un aforado, siguiendo criterios de los magistrados. La Sala de lo Civil y Penal del TSJB acordó el cambio de criterio a partir de la querella criminal presentada contra el diputado del Partido Popular Joan Font Rossselló por el abogado Eduardo Valdivia, en representación del presidente-editor del Grup Serra y de Juan Mestre, periodista de Ultima Hora. Ya con carácter general, la Sala dictó un auto por el que se declara incompetente para conocer este tipo de asuntos, remtiendo la querella contra Font al Juzgado Decano para su reparto. El diputado conservador, y por tanto aforado, firmó un artículo considerado injurioso por los demandantes.
Los abogados discrepan sobre el cambio de criterio del TSJB para imputar a aforados
Algunos letrados dicen que es un filtro «necesario», y otros, que «entorpecerá» la Justicia
30/03/05 0:00
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