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El Consell de Mallorca invadió la pasada legislatura las competencias de Cort durante la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Palma. Así lo asegura una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJB) al dar la razón a los propietarios de unos terrenos en la zona de Son Puigdorfila, junto a la Vía de Cintura. La sentencia señala que esta zona debe ser calificada como suelo urbanizable y no como suelo rústico, tal y como recogió el Ajuntament de Palma por exigencia del Consell.

En la sentencia se asegura que, desde el año 1992, el PGOU de Palma incluía los terrenos de Son Puigdorfila como zona urbanizable no programada. Sin embargo, añade que en la última reunión celebrada por la Comissió Insular d'Urbanisme del Consell para abordar la revisión del PGOU de Palma, celebrada el 18 de diciembre de 1998, en una intervención de Francesc Triay, entonces vicepresident del Consell en representación del PSOE, se propuso que los terrenos pasaran a ser suelo rústico.

La sentencia recoge el acta de la sesión de la Comissió y señala que el asesor jurídico advirtió a los responsables políticos de que la clasificación de suelo urbanizable es uno de los puntos fundamentales del planeamiento «y ha de ser el Ajuntament quien decida cuáles deben eliminarse». «La invasión de competencias municipales se ha de entender producida cuando la Comisión Insular, en lugar de remitir de nuevo la documentación al Ayuntamiento para que determinara qué concretos sectores urbanos o urbanizables debían suprimirse, optó por indicar nominalmente aquellos que, a juicio de la Comisión Insular, debían desclasificarse», señalan los magistrados en su sentencia.