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La normativa balear que regula la instalación de antenas de telefonía móvil también plantea dudas jurídicas debido a que el Govern no ratificó la norma cautelar en el plazo de seis meses que marca la Ley de Ordenación del Territorio. La norma territorial cautelar que regula la instalación de redes de telecomunicaciones fue aprobada por el Govern el 15 de marzo de 2002 y no se publicó en el BOIB hasta el 18 de abril de ese mismo año.

Según estipula la Ley de Ordenación del Territorio en el artículo 17.2, para que la aprobación inicial de la norma cautelar tenga vigencia, debe ser ratificada en el plazo de seis meses. Es decir, la norma sobre antenas de telefonía móvil, entre otros aparatos, debía ratificarse por el Consell de Govern antes del 18 de octubre de 2002. Sin embargo, la ratificación definitiva por parte del Consell de Govern no llegó hasta el 20 de diciembre de 2002. Hasta el 11 de enero de este año, fecha en que se publicó en el BOIB, no entró en vigor, con lo cual el Govern superó el plazo que marca la ley en casi tres meses.

El director general de Tecnologia, Carles Bona, aseguró que es posible que el Govern se haya retrasado en la aprobación definitiva de la norma cautelar sobre telecomunicaciones. Sin embargo, también aseguró que, como cualquier actuación del Ejecutivo publicada en el BOIB, tiene presunción de legalidad. Bona también comentó que cabe la posibilidad de que la norma sea impugnada, pero precisó que, en ese caso, seguiría estando en vigor una norma aprobada con anterioridad por el Govern y que también regula la instalación de redes de telecomunicaciones.

El director general explicó que el Govern se vio obligado a aprobar este normativa de forma cautelar hasta la aprobación del plan director de telecomunicaciones. La inexistencia de una normativa previa hacía que los ayuntamientos no concedieran licencia para la instalación de antenas basándose en el vacío legal. De hecho, los ayuntamientos provocaron una situación de bloqueo efectivo a la instalación de nuevas antenas.