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J.MESTRE Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears obliga a la Comunitat Autònoma a reconocer el complemento de antigüedad a su personal laboral. La demanda fue interpuesta por USO el pasado 20 de julio de 1999 a través del abogado Sebastià Rechach, quien, curiosamente, hoy es un alto cargo del Govern balear.

El Tribunal considera probado que el artículo 43 del convenio colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunitat Autònoma establece un complemento, en concepto de antigüedad, para el personal laboral fijo de plantilla, que se devengará por período de tres años de servicios acumulados.

El sindicato USO acudió a los tribunales cuando el personal laboral dejó de percibir dicho complemento, y en mayo de 1999 se formuló ante la Consellería de la Funció Pública un escrito de reclamación previa. Posteriormente, y según consta en la sentencia, la Comisión Paritaria del convenio colectivo del personal laboral de la Comunitat, también en abril de 1999, no se pronunció sobre la solicitud del sindicato USO, que reclamaba que el personal laboral contratado temporalmente "situación que afecta a 150 trabajadores" cobrase dicho complemento de antigüedad.

No obstante, el Govern entendía que, según el convenio, sólo el personal laboral fijo tenía derecho a dicho complemento. El Ejecutivo rechazaba que trabajadores eventuales, temporeros o interinos tuviesen derecho a cobrar un plus por antigüedad.

El Tribunal Superior de Justicia ordena al Govern a abonar dicho complemento a los trabajadores laborales con carácter retroactivo. Dichos complementos van de las 19.952 pesetas que ingresa un técnico superior a las 18.004 pesetas de una limpiadora que ejerce sus funciones en la Comunitat Autònoma.