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El inicio del juicio que se sigue contra Emilio Alonso Manglano y Juan Alberto Perote, entre otros, por las escuchas ilegales realizadas por los servicios secretos militares españoles, el CESID, entre los años 1984 a 1990 y de las que fue objeto hasta el mismo rey don Juan Carlos, vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de regular el funcionamiento de este organismo. El escándalo producido en 1995 cuando se revelaron estas escuchas provocó la dimisión del entonces vicepresidente del Gobierno, Narcís Serra, y del entonces ministro de Defensa, Julián García Vargas. Hasta ahí llegó entonces la delimitación de las responsabilidades políticas de este asunto. Pero es ahora cuando los presuntos autores de aquellos hechos se sientan en el banquillo para responder ante la Justicia, que deberá delimitar las responsabilidades penales.

Es cierto que los servicios secretos de todo el mundo tienen un funcionamiento específico y que el espionaje tiene unas reglas que, en muchas ocasiones, está en el mismo borde de la legalidad. Pero éste nunca debe ser traspasado. Y ello no debe ser un inconveniente ni una traba para el correcto desarrollo de la labor investigadora que deben ejercer.

En el caso de España, no sólo el asunto de las escuchas ilegales, ahora sometidas a juicio, sino también su revelación a la luz pública ponen de relieve la perentoria necesidad de poner un marco y establecer un mecanismo que evite que se produzcan hechos como estos. El CESID debe llevar a cabo la tarea que le ha sido encomendada, pero no se puede jugar, en modo alguno, con la vida privada de los ciudadanos. Así como todo el resto de los profesionales están obligados a respetar la intimidad de las personas, los espías también deben tener esta obligación.