La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que regula los procesos electorales en España, no incluye en sus disposiciones la posibilidad de suspender o aplazar unos comicios, como tampoco lo contemplan las leyes electorales de las Comunidades Autónomas. Lo dicho antes, estamos ante un vacío legal, ya que no hay un marco jurídico que establezca un aplazamiento electoral en España por ninguna circunstancia. Sin embargo, si que hay precedentes muy recientes de aplazamientos electorales que sientan una referencia de que hacer al respecto.
El único precedente que existe es el aplazamiento de las elecciones autonómicas del País Vasco y Galicia del año 2020, cuando el estallido de la pandemia de COVID-19 supuso un riesgo para los votantes, que se encontraban confinados. En aquel momento, la Junta Electoral de estas regiones avaló la medida. Las circunstancias excepcionales sí pueden provocar su aplazamiento si así lo avalan los órganos electorales. ¿Sucederá algo similar el 28 de mayo?
1 comentario
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la gente irá a votar con COVID o CON NIEVE Y RAYOS hay que cambiar la dinámica de este pais: no todo vale: se necesita recuperar valores: y ser una nación europea como las demás que ninguna se plantea la separación de territorios: y aquí a base de ceder pues tenemos País Vasco y Cataluña que esran por esta labor será difícil no digo imposible: pero costara: volver a ser sencillamente lo que son los otros países europeos. no se trata de volver al rancio pasado ni mucho menos: pero sentirse orgulloso de tu país que te acoge:da trabajo y cuida de tu salud.