Archivo - Fachada del Hospital Ramón y Cajal, a 4 de enero de 2024, en Madrid (España). | Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo

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La Audiencia Provincial de Madrid juzgará este miércoles a un celador del Hospital Ramón y Cajal de la capital acusado de cometer en abril y mayo de 2021 dos agresiones sexuales a una joven de 18 años ingresada en la planta de psiquiatría.

En su escrito de acusación, el fiscal solicita diez años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual mientras que el abogado Juan Manuel Medina, que ejerce la acusación particular, eleva la petición a 26 años de cárcel por dos delitos de agresión sexual y un delito de promoción y facilitación de consumo de drogas tóxicas que crean grave daño a la salud.

Según el fiscal, el celador trabajaba en el turno de noche en el Hospital Ramón y Cajal de Madrid en la planta de Psiquiatría. Una joven de 18 años se encontraba ingresada en dicha planta por orden judicial desde el 28 de marzo de 2021 por intento autolítico, trastorno límite de la personalidad y trastorno de la conducta alimentaria.

Respecto a esta chica, sobre la una de la mañana del 29 de abril de 2021, el acusado aprovechó que en ese momento no se encontraba en la zona del TEC el resto del personal y le ofreció cocaína.

«Después, acercándose a ella comenzó a tocarla, levantándole la camiseta, dejando al descubierto sus pechos, tocándoselos al tiempo que le decía nunca antes me había pasado esto con nadie, me vuelves loco», relata el escrito. Tras ello, continuó la agresión sexual.

De igual modo, el procesado la agredió otra vez el 1 de mayo de ese año. Así, entró en su habitación y le empezó a tocar por debajo de la ropa, agrediéndola sexualmente a continuación.

El fiscal subraya que la víctima llegó a «autolesionarse inmediatamente después de suceder los hechos, lo que supuso además y a consecuencia de lo anterior agravación significativa de su patología clínica de base».

El fiscal considera los hechos constitutivos de un delito continuado de abuso sexual, por lo que procede imponer al procesado una pena de diez años de cárcel, así como prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros de su domicilio y de cualquier lugar en que la misma se encuentre.

El procesado indemnizará a la perjudicada en la cantidad de 20.000 euros en concepto de daños psicológicos y morales, cantidad que devengará los intereses legales correspondientes. De dicha cantidad deberá responder en concepto de responsable civil directo la compañía aseguradora, siendo responsable civil subsidiaria la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.