Archivo - Edificio del Tribunal Constitucional, a 30 de septiembre de 2022, en Madrid (España). | Carlos Luján - Europa Press - Archivo

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El Tribunal Constitucional (TC) estudiará en su Pleno de esta semana --que comenzará el día 6 de noviembre-- el recurso del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid contra el impuesto a las grandes fortunas --que quedó pendiente la semana pasada y que es un tributo contra el que también ha recurrido la Junta de Andalucía--, así como la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo (TC) sobre la ley de financiación de partidos políticos, y la admisión a trámite del recurso del Gobierno contra la ley del litoral gallego.

Según ha informado el propio tribunal, verá entre los asuntos para primera deliberación la cuestión de inconstitucionalidad que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS formuló sobre el inciso de la Ley de Financiación de Partidos Políticos que establece que las sanciones por superar en un 10% o más los límites de gastos electorales no podrán ser inferiores a 25.000 euros.

En concreto, el Supremo promovió la revisión del inciso del artículo 17 bis.2.b) de la Ley de Financiación de los Partidos Políticos al considerar que podía contradecir el principio de proporcionalidad recogido en la Constitución, en conexión con la prohibición de arbitrariedad.

El TS remitió la cuestión al Constitucional en el marco de un caso que estudia sobre la formación política 'Sí se puede', que se presentó a las elecciones locales de 2019 en Santa Cruz de Tenerife y en La Gomera y fue objeto de un procedimiento sancionador por parte del Tribunal de Cuentas.

El recurso de ayuso

Por otro lado, los magistrados abordarán el recurso del Gobierno de Madrid contra el impuesto a las grandes fortunas. Estaba previsto que se resolviera en el Pleno anterior, pero no pudo ser por falta de tiempo.

Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, la ponencia redactada por la magistrada progresista María Luisa Balaguer propone rechazar el recurso 'popular'. Las mismas apuntan que lo más probable es que cuente con el apoyo de la mayoría de sus compañeros, lo que supondría avalar el nuevo tributo.

El borrador de sentencia sostiene que la creación de dicho gravamen no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas en materia fiscal. De hecho, subraya que las facultades autonómicas no pueden interpretarse hasta el punto de neutralizar las estatales.

El Ejecutivo de Díaz-Ayuso defendía en su impugnación que el tributo podría vulnerar, entre otros, los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad, así como la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas.

Además de Madrid, han impugnado este impuesto los gobiernos de Andalucía, Galicia y Murcia. Tanto el Ejecutivo madrileño como la Junta andaluza pidieron que se suspendiera cautelarmente la aplicación del tributo, pero el Constitucional lo denegó.

Fue hace casi un año cuando el Senado aprobó el gravamen. La medida fue incluida vía enmienda en el Congreso por PSOE y Unidas Podemos en la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes temporales a empresas energéticas y banca.

El impuesto es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios de entre 5,3 y 10,6 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.