El paredón de El Terrer de Paterna | GVA

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La Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática ha declarado e inscrito en el Catálogo de los Lugares e Itinerarios de la Memoria Democrática de la Comunitat Valenciana el paredón el Terrer de Paterna.

De esta forma, el paredón se convierte en el primer lugar de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana que se declara e inscribe por aplicación de la Ley de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana.

En concreto, formarán parte del lugar de la memoria protegido: el muro, sus elementos y partes, así como un entorno de 8.370 metros cuadrados y todos aquellos elementos que en la actualidad se encuentren ocultos a la vista y los que en un futuro pudieran exhumarse.

Asimismo, quedan protegidos como bienes muebles del área declarada y gozarán de la misma protección, todos aquellos elementos actuales o futuros que se instalen en el espacio declarado para la dignificación y homenaje a las víctimas.

La consellera de Calidad Democrática, Rosa Pérez Garijo, ha subrayado que, «como no podía ser de otra manera, se ha declarado como primer lugar de la memoria El Terrer de Paterna, donde fueron asesinadas 2.238 personas por luchar por nuestros derechos y libertades».

«Con su inscripción en el Catálogo de los Lugares e Itinerarios de la Memoria Democrática le ofrecemos una especial protección para que sea preservado y para que las generaciones actuales y futuras sepan lo que allí ocurrió como garantía de no repetición», ha remarcado.

Asimismo, ha resaltado que en estos momentos se trabaja para que el Campo de Concentración de Albatera --donde muchas personas sufrieron el horror por el hecho de ser republicanos una vez finalizada la Guerra Civil-- «sea muy pronto un lugar de la memoria democrática valenciana».

Pérez Garijo ha añadido que desde el Consell «se continua con las tareas de memoria, justicia y reparación y como garantía de no repetición para que nunca más se vuelvan a vulnerar los derechos humanos en nuestro país».

2.238 fusilamientos

En el paredón de El Terrer de Paterna fueron fusiladas 2.238 personas de 191 municipios de la Comunitat Valenciana, así como de otros lugares de España como consecuencia de la represión ejercida por la dictadura franquista. Tras el cementerio del Este de Madrid, se trata del segundo lugar del territorio nacional con más ejecuciones.

Este paredón constituye un «testimonio excepcional» de la brutal represión del régimen franquista en la Comunitat Valenciana durante el final de la Guerra Civil y a lo largo la dictadura. Por tanto, su protagonismo histórico y simbólico, rodeado de hechos traumáticos, «exige su protección» como lugar de la memoria, así como «su debida dignificación e interpretación».

Con su declaración como lugar de memoria democrática se pretende que «quede fijado materialmente el pasado» y se contribuya de esta manera al estudio de un espacio vinculado al terror, donde se cometieron todo tipo de vulneraciones de los derechos humanos.

Desde abril de 1939 hasta 1956

Las víctimas que llegaban a este lugar procedían de diversos penales. La mayoría venían de la Prisión Celular o Cárcel Modelo y del Penal de San Miguel de los Reyes, aunque también de prisiones menores como la Prisión Militar de Monteolivete, el Convento de Santa Clara --convertido en una prisión femenina en los primeros años de la dictadura--, o centros provisionales como la Prisión de las Torres de Quart, todos ellos situados en València.

También se han documentado casos en los que se trasladaron víctimas desde otros partidos judiciales, como Llíria, Gandia o Xàtiva.

El paredón estuvo en uso como lugar de fusilamientos desde abril de 1939 hasta 1956. A partir de este momento, perdió la función de lugar de ejecución y siguió empleándose en la instrucción militar de nuevos miembros del cuartel de Paterna. Posteriormente, ya en democracia, la galería de tiro cayó en el olvido.

Especial protección

La Ley de Memoria establece que son lugares de la memoria aquellos espacios, inmuebles o parajes que se encuentren en ella y revelen interés en el territorio valenciano, por haberse desarrollado en ellos hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva de la lucha de los valencianos y valencianas por sus derechos y libertades democráticas en el período que abarca desde la proclamación de la II República Española, el 14 de abril de 1931, hasta la entrada en vigor del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, el 10 de julio de 1982.

En este sentido, el Terrer de Paterna es un espacio esencial para «afianzar la conciencia simbólica de identificación y cultura democrática valenciana», situándolo entre los más destacados del panorama memorialista del Estado. En definitiva, se trata de un espacio fundamental que actúa como «revitalizador de la memoria democrática».

La inscripción de un lugar o itinerario de la memoria democrática en el correspondiente catálogo supone un reconocimiento de su singularidad y la aplicación del régimen general de protección establecido en la Ley de Memoria.

Futuros lugares de la memoria

Junto a El Terrer, existen otros bienes asociados que están a la espera de una posterior actuación y eventual inscripción como itinerario de la memoria por su intrínseca relación con el espacio memorialista de El Terrer.

Este el caso del Camí de la Sang, recorrido por donde se trasladaban a los ejecutados al cementerio de Paterna; el mismo cementerio de Paterna, cuyas tapias también fueron testigos de las ejecuciones perpetradas por el franquismo para borrar todo atisbo de democracia; las más de 154 fosas comunes del cementerio, así como el Memorial que próximamente se construirá dentro del espacio cementerial, a través del convenio suscrito entre la Conselleria de Calidad Democrática y el Ayuntamiento de Paterna.

En estos momentos se encuentra en tramitación la declaración e inscripción del Campo de Concentración de Albatera (San Isidro) como lugar de la memoria democrática y se están documentado otros muchos espacios, inmuebles o parajes que tienen esta condición y que deberán ser protegidos por los correspondientes ayuntamientos.