Juanjo Jiménez, padre de Alejandro Jiménez. | Alejandro Sepúlveda

TW
4

Juan José Jiménez, padre del legionario mallorquín de la brigada de la Legión con base en Almería fallecido durante un ejercicio en marzo de 2019 en el campo de maniobras de Agost (Alicante), ha considerado este miércoles que la sentencia del Supremo que sube a cinco años, once meses y 15 días de prisión la pena impuesta al sargento autor del disparo por el Tribunal Territorial Militar Segundo, con sede en Sevilla, prueba que dicho tribunal hispalense intentó «maquillar» la «brutal negligencia» cometida por tal mando castrense.

En declaraciones a Europa Press, Juan José Jiménez, quien ante la sentencia inicial del Tribunal Territorial Militar Segundo opinaba que al sargento de la Legión Antonio Saúl Guil, condenado por tales hechos, le habían «salido baratos» los mismos al recaer una pena de tres años, diez meses y 26 días de prisión; ha valorado esta nueva sentencia del Tribunal Supremo que incrementa la condena impuesta a cinco años, once meses y 15 días de prisión por delitos de abuso de autoridad y contra la eficacia del servicio. Durante el juicio celebrado en Sevilla, recordémoslo, la familia del fallecido reclamaba 34 años de cárcel para el sargento por delito de homicidio agravado, delito de obstrucción a la Justicia y delito de abuso de autoridad.

Noticias relacionadas

«No fue un accidente»

Para Juan José Jiménez, esta sentencia del Supremo pone de manifiesto que el Tribunal Territorial Militar Segundo de Sevilla «intentó maquillar la muerte de un joven legionario por una brutal negligencia» del sargento Antonio Saúl Guil, cuya actuación en la maniobra realizada por estos efectivos de la brigada de la Legión con base en Almería en marzo de 2019 en el campo de maniobras de Agost ha descrito como «imprudente e innecesaria». «No fue un accidente», ha remarcado. En ese sentido, el Supremo eleva la pena del sargento por el delito contra la eficacia del servicio, como pedían las acusaciones, al considerar la ahora fijada como más «adecuada y proporcionada a la grave imprudencia de la conducta observada por el sargento durante la realización de un ejercicio de adiestramiento de combate con fuego real, al realizar disparos fuera de los blancos fijados y por encima de las posiciones ocupadas por algunos de los participantes en el mismo».

«Van a pagar todos los que tenían que pagar»

Además, como la sentencia del Supremo condena también al capitán responsable de la seguridad del ejercicio un año de prisión por un delito de desobediencia y al teniente encargado del pelotón del sargento a tres años de prisión por delitos de desobediencia y contra la eficacia del servicio; el padre del soldado fallecido ha dicho que finalmente, «van a pagar los que tenían que pagar» por la muerte de su hijo, de 21 años al fallecer. Así, el padre del militar fallecido ha valorado esta sentencia del Supremo, que estima parcialmente los planteados por la Fiscalía y la acusación particular que ejerce la familia del finado; porque a su entender, la resolución impugnada del Tribunal Militar Territorial Segundo, con sede en Sevilla, «no tenía ningún sentido». «Mi hijo no va a volver, con lo que esto no es una satisfacción», ha dicho de todos modos Juan José Jiménez ante la decisión del Tribunal Supremo.