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La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a una aseguradora a pagar más de 90.000 euros por un accidente de tráfico en Sineu en el que murió atropellada una anciana.
En concreto, la Sección Quinta de la Audiencia ha estimado parcialmente los recursos de apelación presentados por la aseguradora y por los hijos de la mujer contra otra sentencia anterior.

El accidente tuvo lugar en la Navidad de 2011 en la carretera vieja de Sineu, cuando un matrimonio de 77 años cruzaba la calzada. Fueron atropellados por una conductora y la mujer murió en el acto, mientras que el hombre resultó herido grave.

Los hijos exigieron la ejecución de un auto de cantidad dictado en 2013 y la aseguradora se opuso. Los hijos de la fallecida y la compañía de seguros discrepaban en cuanto al grado de culpa de los conductores y las víctimas en el accidente.

Los hijos alegaban que se incrementara el grado de culpa de la conductora por no haber intentado una maniobra evasiva y no circular con las luces largas, y la aseguradora quería que se culpara exclusivamente a las víctimas o en todo caso solamente se culpase a la conductora en un 10 por ciento.

Para ello, la compañía argumentaba que el matrimonio cruzó la calle por un lugar no habilitado, en condiciones de falta de visibilidad -noche cerrada sin iluminación-, sin prendas reflectantes e irrumpiendo en el carril. En cambio, señalaba que la conductora circulaba por debajo de la velocidad máxima y consideraba que la conductora había realizado todas las maniobras posibles para evitar el siniestro.

Tras analizar las versiones de las partes y el atestado de la Guardia Civil, la Audiencia concluye que la culpa preponderante del accidente corresponde a los peatones porque infringieron el reglamento de circulación al no utilizar ropa reflectante y cruzar sin cerciorarse de que podían hacerlo sin riesgo, ya que fuera de un paso para peatones tiene preferencia de paso el vehículo.

Por ello, los magistrados aprecian «una imprudencia clara de los peatones al cruzar la calzada». «Circulando la conductora a una velocidad que no consta alcanzase siquiera la máxima permitida, y con luces, cabe presumir que los peatones no calcularon adecuadamente el tiempo que precisaban para cruzar sin ser atropellados», concluyen.

Además, consideran acreditado que la conductora maniobró para intentar evitar el atropello. Así, la Audiencia ha rebajado la cantidad que la aseguradora debe pagar a los herederos del matrimonio.