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Un médico que ejerce en Menorca ha sido condenado por el Tribunal Supremo a tres años y tres meses de prisión por un delito continuado de descubrimiento de secretos, al haber accedido al historial clínico de su expareja.

Sin autorización ni consentimiento accedió, vía informática, al historial clínico de su excompañera sentimental, así como a los de la hija, hermana y marido de esta mujer.

La Sala Segunda del Supremo ha anulado una condena por falta de injurias leves, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia de Palma, y ha ratificado la condena por descubrimiento de secretos.

Ésta incluye, además de la pena de prisión, una multa de 6.000 euros; y otros 6.000 en concepto de indemnización a la mujer, que trabajaba como enfermera en el mismo centro que él cuando sucedieron los hechos, y a la comunidad autónoma de Balears con 2.358 euros.

En la sentencia, los magistrados del Supremo han destacado que el condenado accedió a las bases de datos informática «con interés en acosar a la perjudicada, con la que el acusado había roto una relación, de manera que se expresa en el relato fáctico que la relación era 'tormentosa'».

Accedió a estos datos protegidos en más de 200 ocasiones entre diciembre de 2009 y febrero de 2011.

Estas actuaciones reiteradas afectaron a la mujer y tres familiares de ella, «lo que es indicativo de un inusitado interés en la búsqueda de información a la que no podía acceder», según la sentencia.

«Esta reiteración de la conducta -queda subrayado en el pronunciamiento del Supremo- supone una agresión continuada en la intimidad de la perjudicada y sus familiares, lo que supone un acceso inconsentido realizado en perjuicio de la titular, perjudicada en su derecho a la intimidad por la conducta del acusado, que la realiza no de forma casual, ni de forma involuntaria, sino reiterada».