Mónica Juanatey, durante el juicio. | Alejandro Sepúlveda

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La máxima condena posible para Mónica Juanatey. El magistrado que presidió el jurado ha impuesto una condena de veinte años de prisión para la mujer que ahogó a su hijo en una bañera y luego se deshizo del cuerpo en una bañera. La sentencia alude al «reproche no ya jurídico sino social a una madre que mata intencionadamente a su hijo, y aún más si éste tiene sólo nueve años». A esto suma a la hora de fijar la pena la conducta posterior al crimen de Juanatey: el ocultar el cuerpo y fingir durante dos años a través de internet que el menor seguía con vida ante sus familiares.

Una vez que el jurado había decidido la culpabilidad de Juanatey y que ésta era plenamente consciente de lo que hacía, la sentencia tenía sólo que decidir la pena. Entre los 15 años que solicitaba el abogado de la defensa y los 20 que pedía el fiscal. El único argumento del letrado defensor, Carlos Maceda para aplicar la pena en ese grado mínimo era que consideraba que el agravante de alevosía no se debía aplicar porque ya se aplicaba el de parentesco. La sentencia señala: «Curiosa tesis que hasta donde se nos alcanza carece de su precedente consideración en la jurisprudencia». Una forma elegante de apuntar que jamás a nadie se le había ocurrido tal argumento.

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Sí señala la sentencia que en el veredicto del jurado había alguna incorrección de tipo formal, pero que no afectan a su coherencia. El magistrado valora que el jurado «ha dejado constancia de las contracciones de la acusada». También señala que la tesis de la defensa de que la confesión de Juanatey estuvo mediatizada por la policía fue completamente desmentida por los agentes del Grupo de Homicidios que participaron en la investigación.

La sentencia contra Juanatey con todo aún tiene dos posibles recursos, ante el Tribunal Superior y el Supremo. El letrado anunció ayer que iba a recurrir.