El acusado fue juzgado ayer en la Audiencia Provincial de Palma. | Alejandro Sepúlveda

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La Justicia es lenta, pero para Rafael Delgado, tiene memoria de elefante. El hombre, de 64 años de edad fue detenido hace once años por tráfico de drogas. Quedó en libertad dos días después y desde entonces poco más se supo de él. Durante casi nueve años permaneció huido, con una orden de búsqueda y captura en su contra. Y casi libra. Cuando fue finalmente detenido le faltaban unos pocos meses para cumplir los diez años que hubieran señalado la prescripción de su delito de tráfico de drogas. Ayer, fue condenado a tres años de prisión por la Audiencia Provincial después de que se reconociera culpable. En unos días, el delito hubiera prescrito, si bien el plazo quedo anulado ya con la detención.

El acusado fue sorprendido por agentes del Cuerpo Nacional de Policía en la calle Joan Miró con 14 papelinas de cocaína encima. Unos 11 gramos, valorados en 90.000 pesetas. En su casa encontraron la sustancia que usaba para cortar la droga y 184.000 pesetas. Estuvo detenido tres días, los justos para que pasara a disposición judicial.

El ahora fiscal anticorrupción, Juan Carrau, solicitó en su escrito de acusación cinco años de cárcel para Rafael Delgado que nunca apareció en el juicio. Se dictó la orden de búsqueda y captura y, aunque el acusado al parecer permaneció en Mallorca, tuvo la suerte de librar a la policía durante nueve años. Un pequeño traficante que quedó camuflado, sin residencia fija y que en ningún momento fue identificado por simple casualidad. Así, hasta hace unos meses cuando al comprobar sus datos, saltó la alerta de la búsqueda y captura y , por fin, terminó en la Audiencia Provincial.

En el juicio, el acusado reconoció los delitos a cambio de una rebaja en dos años en su pena, dado que se le ha reconocido el atenuante de toxifrenia. Esta condición de drogadicto cuando cometió el delito le podría permitir suspender los tres años de cárcel y evitar que ingrese en prisión. Además tendrá que pagar una multa de 550 euros. En este caso no hubo espacio para que la Audiencia estimase el atenuante de dilaciones indebidas, que se concede cuando una causa se prolonga de forma innecesaria. Aquí, el culpable del retraso era el propio acusado.